RIESGO DE TRABAJO: GONZALEZ, SERGIO C/ ASOCIART ART
El actor promovió demanda por enfermedad profesional (hernia inguinal recidivada) y solicitó prestaciones por incapacidad. La Vocalía Unipersonal Nº 12 hizo lugar a la demanda contra Asociart ART S.A., declaró inconstitucionales varios preceptos de la Ley 24.557 y condenó a la ART al pago de prestaciones por incapacidad parcial, permanente y definitiva del 65,31%, con diferimiento del monto hasta acreditar el ingreso base.
¿Quién es el actor?
Sr. Sergio Alberto González, representado por el Dr. Carlos Ariel Meyer.
¿A quién se demanda?
ASOCIART ART S.A. (y como tercero citado GALENO ART S.A., a quien se desvincula).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prestaciones dinerarias y en especie previstas en la Ley 24.557 por hernia inguinal recidivada vinculada a tareas de fuerza (enfermedad profesional/accidente de trabajo); prestaciones por incapacidad laboral temporaria, parcial permanente provisoria y parcial/total permanente definitiva.
¿Qué se resolvió?
Se declaró, en el caso concreto, la inconstitucionalidad de los Arts. 6, 8, 12.1, 21 y 46 de la Ley 24.557 y de los decretos 717/96 y 410/01 (por cuanto imponen la previa y obligatoria actuación de las Comisiones Médicas y la competencia recursiva federal). Se declaró abstracto el planteo sobre incs. 5 y 6 del art. 17 de la ley 26.773.
Se hizo lugar a la excepción de falta de legitimación pasiva de GALENO ART S.A. y se la desvinculó del proceso (costas a cargo de Asociart por haberla citado).
Se rechazaron las excepciones de falta de legitimación pasiva y falta de acción opuestas por ASOCIART ART S.A.
Se hizo lugar a la demanda y se condenó a ASOCIART ART S.A. a abonar las prestaciones dinerarias de la Ley 24.557 por incapacidad parcial, permanente y definitiva del 65,31%.
Se impusieron las costas a ASOCIART ART S.A. y se difirió el monto de condena y regulación de honorarios hasta obtener la historia laboral e información para determinar el ingreso base.
Se libró oficio a ARCA para remitir la historia laboral del actor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) Sobre la inconstitucionalidad del régimen de Comisiones Médicas y competencia recursiva:
"Por lo expuesto y ante la contundencia de los antecedentes jurisprudenciales citados considero que corresponde declarar, en el caso concreto, la inconstitucionalidad de los Arts. 6, 8, 21 y 46 de la Ley 24.557 y los decretos 717/96 y 410/01 en cuanto se refieren a la previa y obligatoria actuación de las CCMM y la competencia recursiva federal."
2) Sobre la determinación de la primera manifestación invalidante y la legitimación pasiva de GALENO ART:
"Siendo ello así se habrá considerar como fecha de la primera manifestación invalidante la fecha del informe de fs. 6, esto es, el 03/04/2013... conforme los términos del Art. 47 de la LRT, la referida fecha de PMI y el informe de fs. 82, la ART a la que se cotizaba era Asociart ART S.A. siendo la eventualmente obligada al pago, sin perjuicio de su derecho de repetición, de corresponder, contra Galeno Art S.A... Galeno ART S.A. no era la ART a la que se cotizaba al momento de la PMI por lo que su citación como tercero deviene improcedente... corresponde hacer lugar a la excepción de falta de legitimación pasiva, desvincular de este proceso a Galeno ART S.A. e imponer las costas a Asociart ART S.A. en tanto ser quien la citó como tercero."
3) Sobre el nexo causal, grado de incapacidad y condena:
"El perito médico... dictamina que González presenta un 40% de incapacidad por eventración gigante por hernia inguinal derecha con secuelas postquirúrgicas, no reparable y con contraindicación quirúrgica, mas un 10% por RVAN... con 5% por cicatrices viciosas... arroja una incapacidad medida conforme el sistema Balthazard del 65.31%... Es clara la responsabilidad de Asociart ART S.A., conforme las constancias de la causa, y por ello deberá responder por las prestaciones de la LRT con costas a su cargo."
¿Cómo votaron los jueces?
No se registra voto en disidencia; la resolución es de una Vocalía Unipersonal (Dr. Oscar Nuttini).
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
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