JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

Enfermedad/Accidente de Trabajo: DAVID, Sergio Raúl Rolando c/ GALENO ART S.A

El actor promovió demanda laboral por enfermedad profesional contra GALENO ART S.A. reclamando indemnización por incapacidad permanente. La Vocalía Unipersonal Nº 1 del Tribunal del Trabajo hizo lugar a la demanda y condenó a la aseguradora al pago de $4.206.212,30 por indemnización, valorando y siguiendo los informes periciales incorporados.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala I-Vocalía 1 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala I-Vocalía 1
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-172535/2021
Pericia medica Indemnizacion laboral Enfermedad profesional Ripte Galeno art s.a. Lumbalgia post-traumatica Hipoacusia inducida por ruido Honorarios y costas. Ingenio la esperanza Incapacidad permanente 4% t.o. Observaciones relevantes: se aplico el criterio de actualizacion con variacion del ripte y se ordeno pago en un solo acto Con interes por mora segun tasa activa del banco nacion Se impusieron costas a la demandada y se regularon cuantias de honorarios para abogados y peritos.

¿Quién es el actor?

Sr. Sergio Raúl Rolando DAVID, representado por el Dr. Martín Daniel HERNANDEZ (y actuación posterior del Dr. Dante CORONEL ELIAS).

¿A quién se demanda?

GALENO ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Prestaciones dinerarias por incapacidad laboral permanente parcial por enfermedad profesional (lumbalgia post-traumática e hipoacusia inducida por ruido) por tareas desarrolladas en el Ingenio La Esperanza S.A.; además se solicitó declaración de inconstitucionalidad de artículos de la Ley 24.557 (petición en autos).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda y se condenó a GALENO ART S.A. a abonar la suma de PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS SEIS MIL DOSCIENTOS DOCE CON 30/100 ($ 4.206.212,30) en concepto de indemnización por enfermedad profesional; se regularon honorarios de abogados peritos y se impusieron costas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El galeno manifiesta que: “El paciente puede realizar los movimientos activos de su columna cervical en el plano sagital y coronal en rangos fisiológicos. ... A nivel de la columna dorso-lumbar el paciente presenta a la inspección columna alineada. Simetría de altura de los hombros y de las crestas ilíacas Movilidad activa limitada. Rotación de 30º a la derecha; 30º a la izquierda. Inclinación lateral D/I: 20º; Flexión: 70º; Extensión: 20º Manifiesta dolor a la percusión y a la presión profunda. Signo de Ramond (+). Rx. con acentuación de la lordosis lumbar. Incipientes osteofitos marginales en L4/L5. ... Hiporeflexia patelar y aquiliana bilateral”.

"Concluye informando que: “El Sr. Sergio Raúl David presenta una incapacidad laboral parcial y permanente del Cuatro por ciento de la Total Obrera (4% de la T.O.), de acuerdo a lo siguiente: Lumbalgia post-traumática, con moderadas alteraciones clínicas y radiográficas: 3 % + Hipoacusia bilateral HIR (0.13% del 97 % C.R.): 0.12 % + Dificultad intermedia para realizar tareas habituales (10 % del 3.12 %): 0.31 %, + Edad 41 años: 0.57 %”."

"Por su parte el técnico, dijo que: "Debo informar que el Sr. David Sergio Raúl Rolando desde su ingreso fue Obrero – Medio Oficial Mecánico – Oficial Mecánico de fábrica. ... según el Relevamiento de Agentes de Riesgos aportados por Galeno ART, el análisis y verificación realizado por este perito, el Sr. David Sergio Raúl Rolando estuvo expuesto a: Código (40159) sustancias sensibilizantes del pulmón; Código (40160) sustancias sensibilizantes de las vías respiratorias; Código (80001) calor; Código (90001) ruido; Código (90004) radiación ultravioleta”."

"En consecuencia, y a mi entender, los informes periciales producidos en autos se encuentran debidamente fundados tanto en criterios técnicos como científicos, no advirtiéndose motivo alguno que justifique su apartamiento."

"Por todo lo expuesto, llego a la conclusión que por las tareas que efectuaba por el Sr. Sergio Raúl Rolando DAVID para su empleador, se encontraba expuesto a agentes de riesgo (carga y descarga; ruido) que le ocasionaron una lumbalgia postraumática e hipoacusia inducida por el ruido, generándole una incapacidad permanente y definitiva del 4 % de la T.O., incluido los factores de ponderación."

"Consecuentemente, el monto indemnizatorio que debe percibir el Sr. Sergio Raúl Rolando DAVID por su incapacidad derivada por enfermedad profesional asciende a la fecha de la presente en concepto de capital e intereses a la suma de PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS SEIS MIL DOSCIENTOS DOCE CON 30/100 ($ 4.206.212,30), monto que deberá ser abonado en un solo pago..."

"Por todo ello, la Vocalía Unipersonal Nº 1 del Tribunal del Trabajo de la Provincia de Jujuy, RESUELVE: I.- Hacer lugar a la demanda promovida por el Sr. Sergio Raúl Rolando DAVID ..."

¿Cómo votaron los jueces?

No se consignan votos en disidencia en el texto aportado; la decisión se presenta como resolución unipersonal (Vocalía Unipersonal Nº 1).

Leyes que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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