Enfermedad/Accidente de Trabajo: LUNA, Rodolfo c/ Latitud Sur S.A
El actor promovió demanda laboral por enfermedad/accidente de trabajo contra la aseguradora Latitud Sur S.A. La Vocalía Unipersonal rechazó la demanda al entender que la patología es degenerativa de origen inculpable y que no presenta incapacidad, y condenó en costas a la parte actora.
¿Quién es el actor?
Sr. Rodolfo LUNA, representado por el Dr. Benjamín MAGLIANO MEYER.
¿A quién se demanda?
COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS LATITUD SUR S.A., representada por el Dr. Daniel Sebastián ALSINA.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prestaciones dinerarias y en especie previstas en el Sistema de Riesgos del Trabajo por enfermedad/accidente de trabajo y secuelas incapacitantes; impugnación del alta y cuestionamiento de la atención de la ART; circulación de planteos de inconstitucionalidad respecto de normas de procedimiento de la LRT.
¿Qué se resolvió?
Rechazó la demanda; impuso las costas a la parte vencida; reguló honorarios de letrados y peritos (monto detallado).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El galeno manifiesta que: 'Actor presenta una limitación funcional de su columna dorso lumbar debido a múltiples discopatías lumbares de origen inculpable, por lo que según decreto 49/14 no presenta incapacidad. Actor colabora con el interrogatorio y examen físico. Se encuentra lúcido, orientado en tiempo, espacio, persona y medio circundante. No se observan alteraciones en la esfera sensoperceptiva ni en su estado de ánimo. Actor no se encuentra en tratamiento psicológico ni psiquiátrico en relación a la demanda. Actor no presenta otras alteraciones anatomofuncionales en relación a la demanda.'"
"Concluye: 'El señor RODOLFO LUNA de 47 años presenta una patología de origen degenerativo y crónico de origen inculpable, que según decreto 49/14 no presenta incapacidad.'"
"En función del análisis del informe pericial médico elaborado en la causa, el cual se encuentra debidamente fundamentado tanto en términos técnicos como científicos, corresponde señalar que no se advierten razones suficientes que justifiquen su apartamiento."
"Pretender introducir dicha petición en la etapa de alegatos resulta improcedente, por cuanto esta instancia procesal se encuentra destinada exclusivamente a la valoración de la prueba ya incorporada al expediente y a la exposición de los argumentos vinculados con la acción promovida; no siendo el ámbito idóneo para requerir al Tribunal la adopción de medidas para mejor proveer."
Bloque dispositivo final (texto transcripto tal como resuelto):
"I.- Rechazar la demanda promovida por el Sr. Rodolfo LUNA en contra de la razón social COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS LATITUD SUR S.A, con costas a la parte vencida.
II.- Regular los honorarios profesionales de los Doctores Benjamín MAGLIANO MEYER y Daniel Sebastián ALSINA en la suma de PESOS OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CIENTO CUARENTA ($ 844.140) para cada uno; del perito médico Doctor Marcelo Daniel CACHAGUA y técnico Mag. Lic. Daniel VERDUGO por la suma de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE ($ 464.277), para cada uno, en todos los casos con más IVA en caso de corresponder.
III.- Hacer saber."
¿Cómo votaron los jueces?
No existen votos en disidencia; decisión adoptada por Vocalía Unipersonal.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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