ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: RIVERA, JUAN FERNANDO C/ GALENO A.R.T. S.A
El actor promovió demanda por prestaciones dinerarias por incapacidad laboral derivada de enfermedad profesional contra Galeno A.R.T. S.A. El Tribunal del Trabajo hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucionales normas de la LRT, DNU 54/17 y resoluciones de la SSN, y condenó a la A.R.T. al pago de $29.214.550,53 más intereses.
¿Quién es el actor?
Sr. Juan Fernando Rivera, representado por el Dr. Jorge Eduardo Ale.
¿A quién se demanda?
Galeno A.R.T. S.A., representada por el Dr. Nicolás Daniel Arias Cáu.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prestaciones dinerarias por incapacidad laboral derivada de enfermedades profesionales (lumbociatalgia crónica y secuelas) según Ley 24.557 y complementarias; se solicitó asimismo declaración de inconstitucionalidad de normas que imponen trámite previo ante Comisiones Médicas y de determinadas reglamentaciones de la SSN y disposiciones locales sobre honorarios.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la excepción de falta de acción; se declaró en el caso concreto la inconstitucionalidad de los arts. 21, 22 y 46 de la LRT y del DNU 54/17 (y normas reglamentarias de competencia), de los arts. 1 y 3 de la Resolución SSN 1039/19 (sustituidos por arts. 1 y 2 de la Res. SSN 332/23) y del art. 64 de la ley 6368; se hizo lugar a la demanda y se condenó a Galeno ART S.A. a pagar al actor $29.214.550,53 en un solo pago; se ordenó reintegro de gastos al perito por $88.748,34; costas a la demandada; regulación de honorarios y pago bajo apercibimiento de intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En consecuencia, la defensa de falta de acción esgrimida por la accionada no ha de prosperar."
"De lo expresado en el informe pericial se advierte que se ha identificado al agente posiciones forzadas como riesgos a los que estuvo expuesto el actor en la ejecución de sus tareas. Asimismo, la exposición del operario en el desarrollo de sus labores y que debió haber recibido EPP adecuados para la tarea específica, lo que no se corroboró que hubiera sido adecuado."
"En consecuencia, en el presente decisorio se impone corregir la arbitrariedad y aplicar la norma más favorable a la parte laboral siniestrada, sujeto de preferente tutela (CSJN, 14/09/2004, 'Vizzoti, Carlos Alberto c/ AMSA S.A.')."
Citas textuales más importantes (incluidas en considerandos y parte resolutiva final):
"Declarar, en el caso concreto la inconstitucionalidad de los Arts. 21, 22 y 46 de la LRT y DNU 54/17, extendiendo la tacha a las normas reglamentarias en materia de competencia; los arts.1 y 3 de la Resolución SSN 1039/19 (sustituidos por los arts. 1 y 2 de la Resolución SSN 332/23) y art. 64 de la ley 6368 conforme los argumentos expresados en los considerandos."
"El monto indemnizatorio que la demandada Galeno ART S.A. deberá abonar al Sr. Juan Fernando Rivera a la fecha de la presente asciende a la suma de pesos VEINTINUEVE MILLONES DOSCIENTOS CATORCE MIL QUINIENTOS CINCUENTA CON 53/100 ctvs. ($29.214.550,53) debiendo abonarse en un solo pago."
¿Cómo votaron los jueces?
No constan votos ni disidencias; la sentencia es dictada por la Vocalía Unipersonal N°10 y la parte resolutiva final expresa la decisión.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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