Despido: Mirta Soledad Aceituno c/ Vacaflor, Genaro Fabián Gonzalo y Vacaflor Genaro
La actora promovió demanda por despido e incumplimientos laborales (reducción de jornada, diferencias salariales, registración y rubros indemnizatorios). El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda, declaró probado el despido indirecto por injuria (silencio tardío ante intimación) y condenó a ambos Vacaflor como empleadores plurales a pagar los rubros dinerarios probados.
¿Quién es el actor?
Mirta Soledad Aceituno (representada por Dra. Huanca Anabel Natalia).
¿A quién se demanda?
Genaro Vacaflor y Genaro Fabián Gonzalo Vacaflor.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de diversos rubros salariales e indemnizatorios por despido (differences salariales, indemnización por despido, preaviso e integraciones, vacaciones proporcionales, SAC, parciales Ley 25.323, Ley 24.013 y Art. 80 LCT), registración correcta de la relación laboral, y condena en obligación de hacer (adecuación documental).
¿Qué se resolvió?
Hacer lugar parcialmente a la demanda; condenar a ambos demandados al pago de los rubros dinerarios que surgen de los considerandos; rechazar la excepción de prescripción opuesta por Genaro Vacaflor; diferir la fijación del monto y la regulación de honorarios y la exigencia de la obligación de hacer por diez días; imponer costas a los vencidos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En la A.V.C. debían absolver posiciones los coaccionados. Se encontraban debidamente citados, emplazados y apercibidos, y sin embargo sin ningún justificativo atendible, faltaron al acto procesal probatorio, con impacto jurídico casi dirimente. Es que en el caso, la confesión ficta implica presumir la veracidad de los pliegos agregados en el escrito Escrito Nro: 2062346, archivos 'Pliegos para absolver posiciones...' ingresados digitalmente antes que se realice la A.V.C., en tiempo y forma."
"De modo que la causal invocada por la parte actora para darse por injuriada y despedida, ha sido probada, y para el caso resulta justificada, teniendo en consideración la antigüedad de la misma, sin que dignamente y al menos en atención a la mencionada antigüedad de la relación dependiente, el empleador ... mantuvo silencio injuriantes -por tardíos-, comportamientos reñidos con la buena fe, desatendiendo los justos reclamos de la actora, que en su ponderación judicial, entiendo que resultan gravemente injuriantes."
"Por lo expuesto proceden: indemnizaciones por despido; indemnización sustitutiva de preaviso y su SAC; agosto/21 -días trabajados- e integración por mes de despido y su SAC; vacaciones proporcionales y su SAC; SAC proporcional. En cuanto a las diferencias salariales, sí van a prosperar, ya que surge de la pericia contable, que las remuneraciones abonadas eran inferiores a las devengadas para un encargado (vendedor B en los términos de la grilla salarial del CCT 130/75). Comparto entonces sus conclusiones y mando a pagar la deuda allí informada."
¿Cómo votaron los jueces?
La parte resolutiva final del juez único constituye la decisión; no se registran votos en disidencia en el cuerpo provisto.
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Leyes que cita
- Ley 24.013Ley de empleo
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
- Ley 25.323Contrato de trabajo
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