ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: CUELLAR, JOSÉ NORMANDO C/ EXPERTA A.R.T. S.A
El actor promovió demanda por enfermedad profesional contra EXPERTA A.R.T. S.A. reclamando prestaciones dinerarias y en especie por lesiones de columna vinculadas a su tarea de tractorista. El Tribunal del Trabajo hizo lugar a la demanda, declaró la competencia judicial (y la inconstitucionalidad de la previa y obligatoria actuación ante Comisiones Médicas) y condenó a la ART al pago de $11.146.462,61 por prestaciones dinerarias más regulación de honorarios y costas.
¿Quién es el actor?
Sr. José Normando Cuellar, representado por el Dr. Tomás Agustín Snopek.
¿A quién se demanda?
EXPERTA A.R.T. S.A. (representada por Drs. Lisandro Mariano Gualchi y Diego Adrián Martinich).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reconocimiento de enfermedad profesional (lumbalgia crónica, discopatías y espondiloartrosis lumbar, con secuelas funcionales y hipoacusia) vinculada al trabajo agrícola (tractorista), y la condena al pago de prestaciones dinerarias por incapacidad parcial permanente y a la cobertura de prestaciones en especie. Se peticionó además la aplicación del incremento del art. 3 de la Ley 26.773, actualización por RIPTE, intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda; se declaró la inconstitucionalidad, para el caso, de los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 (y normas reglamentarias que imponen la actuación previa y obligatoria ante Comisiones Médicas) y del art. 64 de la Ley 6368 en los términos señalados; se condenó a EXPERTA A.R.T. S.A. a pagar $11.146.462,61 por prestaciones dinerarias, se rechazó la pretensión de prestaciones en especie (por no acreditarse necesidad concreta ni denegatoria previa), se reguló honorarios y costas a la demandada vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En este sentido, corresponde apuntar que la adhesión de la Provincia de Jujuy a la Ley Nº 27.348 efectuada mediante la Ley Provincial N.º 6056, si bien ya se encuentra operativa, no lo estaba cuando se promovió la demanda que ahora nos ocupa. Debe tenerse presente que, conforme a lo dispuesto por el artículo 24 de la Ley Procesal del Trabajo Nº 6361, la obligatoriedad de la instancia administrativa previa ante las Comisiones Médicas Jurisdiccionales estaba condicionada a la suscripción y publicación de los convenios previstos en el artículo 2 de la Ley N.º 6056, lo que recién ocurrió el día 13/10/2025. ... De allí que en este caso resulte de aplicación la tesitura sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos "Castillo, Ángel c. Cerámica Alberdi S.A.” ... respecto de la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 21, 22 y 46 de la ley especial, estableciendo en líneas generales que los trabajadores pueden concurrir directamente ante los tribunales laborales para reclamar las prestaciones dinerarias o en especie de la LRT, sin necesidad de transitar el procedimiento ante las comisiones referidas; por lo que corresponde admitir la competencia de este tribunal para entender en la presente causa."
"De allí que se imponga la conclusión de que el trabajador, en sus tareas estaba expuesto al agente de riesgo de vibraciones de cuerpo entero, y que por esta razón pueda haber desarrollado las patologías que invoca. ... En definitiva, los informes periciales confirman la existencia de las enfermedades y su razonable vinculación con las tareas que el actor realizaba para la patronal, lo que no fue esterilizado desde lo científico o lo fáctico por la demandada."
"Teniendo en cuenta la acreditación de la contingencia y de sus secuelas incapacitantes, se reúnen los presupuestos necesarios que tornan viable la acción intentada respecto la enfermedad profesional reclamada, de la que se deriva una incapacidad parcial, permanente y definitiva del 10,6%. En consecuencia, proceden las prestaciones dinerarias previstas en el art. 14 apartado a) del inc. 2 de la ley 24.557 ... con el adicional previsto en el art. 3 de la Ley 26.773."
(Voto/Mayoría): El dispositivo final de la sentencia (sección IV. RESUELVE) es el que determina la decisión de la mayoría: se declara la inconstitucionalidad parcial indicada, se hace lugar a la demanda y se condena a la ART al pago y costas conforme lo expresado.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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