Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº C-122.411/2018, (Cámara en lo Civil y Comercial -Sala III- Vocalía 8) Acción emergente de la ley del consumidor: Mendoza Armando c/ Fadua S.A
El actor promovió acción por resolución de contrato y resarcimiento por vicios de la Fiat Toro adquirida, reclamando restitución de lo abonado, daño moral y sanción punitiva. La Suprema Corte confirmó en lo esencial la sentencia de la Cámara (resolución contractual, condenas por daño moral y punitivo y costas) pero revocó parcialmente la restitución del dinero para que se recalcule conforme al valor actual en plaza.
¿Quién es el actor?
Armando Mendoza (representado por la Dra. Claudia Mariela Citro).
¿A quién se demanda?
Fadua S.A. (concesionaria) y, como tercero interviniente, FCA Automóbiles Argentina S.A. (terminal/ fabricante). También fue citado HSBC Bank Argentina S.A. por la prenda.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Resolución del contrato de compra-venta de un vehículo Fiat Toro por vicio de la cosa; devolución de lo abonado, intereses compensatorios; gastos de traslado; daño moral; indemnización punitiva; y demás rubros.
¿Qué se resolvió?
La Suprema Corte, por voto unánime, rechazó los recursos de FCA y de Fadua, confirmó en lo esencial la sentencia de la Cámara que declaró resuelto el contrato y condenó a Fadua S.A. y FCA Automóbiles Argentina S.A. a restituir sumas, pagar gastos de traslado, daño moral ($2.893.200) y sanción punitiva ($5.000.000), imponiendo costas a los vencidos; pero hizo lugar al recurso de la representación del actor y revocó parcialmente el punto relativo a la devolución del dinero abonado para que la Sala subrogante recalcule la suma proporcional teniendo en cuenta el valor actual en plaza conforme al art. 10 inc. c) de la ley 24.240. Diferimiento de regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
(se transcriben párrafos relevantes en lenguaje original del tribunal)
"La Sala Tercera de la Cámara en lo Civil y Comercial -mediante sentencia dictada el 28 de febrero de 2024- hizo lugar a la demanda promovida por la Dra. Claudia Mariela Citro en representación del Sr. Armando Mendoza. En su mérito, declaró resuelto el contrato y ordenó a Fadua S.A. y FCA Automóbiles Argentina S.A. a restituirle la suma de $2.453.000 por los conceptos oportunamente abonados e intereses compensatorios devengados. Asimismo, condenó a las firmas mencionadas a pagar al actor la suma de $334.200 en concepto de gastos de traslado; $2.893.200 por daño moral y $5.000.000 en concepto de sanción punitiva. Impuso las costas a Fadua S.A. y FCA Automóbiles Argentina S.A. en su condición de vencidas, debiendo la primera asumir las concernientes a la defensa de HSBC Bank Argentina S.A. Por último, reguló los honorarios profesionales."
"En relación a la solidaridad declarada, que como consecuencia resulta la condena de la restitución de los fondos abonados, debe confirmarse la sentencia y rechazar el agravio respectivo. Esto así porque la Ley de Defensa del Consumidor consagra un principio general de solidaridad legal ... En el caso, FCA Automóbiles Argentina S.A., fabricante del vehículo automotor adquirido por el actor es responsable por incumplimiento del servicio de garantía (art. 13 LDC) que involucra solidariamente ... a los productores, importadores, distribuidores y vendedores de cosas muebles no consumibles."
"El art. 17 inc. b) establece, dentro de las opciones que tiene el consumidor, la de devolver la cosa en el estado en que se encuentre a cambio de recibir el importe equivalente a las sumas pagadas, conforme el precio actual en plaza, de la cosa, al momento de abonarse dicha suma o parte proporcional, si hubiere efectuados pagos parciales. ... Entiendo que estas consideraciones del art. 17 inc. b) son aplicables a la opción que tiene el consumidor prevista en el art. 10 bis inc. c). ... Hacer lugar al recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la Dra. Mariela Claudia Citro ... y revocar parcialmente el punto 1 de la sentencia objeto de impugnación solo a lo que respecta al concepto devolución del dinero abonado, debiendo remitir los autos a la Sala subrogante, a fin de que ... calcule nuevamente la suma proporcional abonada teniendo en cuenta el valor actual en plaza de un vehículo de similares características ..."
¿Cómo votaron los jueces?
Voto del Dr. Jenefes con adhesión de los Dres. Miranda y Meyer (unanimidad). El bloque dispositivo final (resolutivo) consagra el sentido de la decisión.
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Leyes que cita
- Ley 24.240Defensa del consumidor
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