Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en expte. 18.880/2024 (Cámara de Apelaciones del Trabajo -Sala I- Vocalía 1) Enfermedad/Accidente de trabajo: CHOQUE, ALFREDO c/ GALENO ART SA
La aseguradora (Galeno ART S.A.) interpuso recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia que reconoció limitación funcional de hombro derecho como enfermedad profesional y fijó un 7% de incapacidad. La Suprema Corte rechazó el recurso, sosteniendo que no hubo extralimitación ni arbitrariedad en la valoración pericial y confirmó la suficiencia de la motivación de las instancias anteriores.
¿Quién es el actor?
Alfredo Choque (actor/trabajador).
¿A quién se demanda?
Galeno ART S.A. (aseguradora).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prestaciones dinerarias por enfermedad profesional/accidente de trabajo — reconocimiento de lesiones derivadas del trabajo (se alegaron lesiones en zona lumbar y otras; la pericia atribuyó además lesión de hombro derecho por gestos repetitivos y cargas).
¿Qué se resolvió?
La Suprema Corte rechazó el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la ART; costas a la recurrente; se difirió la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Como reiteradamente hemos expresado, el vicio de arbitrariedad con alcance para descalificar un fallo debe ser grave, tiene que probarse y solo puede predicarse respecto de las sentencias que presentan omisiones o desaciertos que las descalifiquen como pronunciamiento judicial, lo que no ocurre en este caso.
Surge del estudio de la causa que en la demanda el actor relató las tareas que realizaba y refirió que como consecuencia de ello tenía lesiones en distintas partes del cuerpo, las que mencionó. Luego, al ofrecer la prueba pericial médica solicitó expresamente que se determinaran las lesiones causadas por el trabajo del actor (fs. 14 vta. expediente principal), y el perito en respuesta dijo que eran la patología de columna por exposición a los agentes de riesgo y la de hombro derecho por realizar gestos repetitivos y levantamientos de carga.
En mérito de ello considero que en este caso no se verifica la extralimitación de juzgamiento que denuncia el recurrente y, por lo tanto, el recurso debe ser rechazado."
Otras citas relevantes del voto de cámara de apelaciones (reconocidas por la Corte): la sentencia apelada consignó que "la sentencia de grado era clara y detallaba circunstanciadamente las lesiones... basándose no solo en el informe médico sino también en la pericia técnica que señalaba los factores de riesgo", y destacó la ausencia de exámenes preocupacionales o periódicos que acreditaran preexistencia. Asimismo, la cámara señaló que las objeciones de la apelante eran "una mera disconformidad con el resultado del examen médico sin que se aportaran elementos o pruebas que desvirtúen dicho informe o que demuestren arbitrariedad".
¿Cómo votaron los jueces?
Los Dres. Federico Francisco Otaola y Ekel Meyer adhieren al voto que antecede; no hubo disidencia.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.