Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en Expte. Nº S-56116/RJI/2024 (Tribunal de Revisión - Legajo de Revisión de Juicio: caratulado: ‘B., S., p.s.a. de Daños; Amenazas agravadas por utilización de arma en contexto de Violencia de Género, Lesio
La defensora interpuso Recurso de Inconstitucionalidad solicitando la revocación de la condena de S. B. por delitos vinculados a violencia de género y abuso sexual. La Sala Penal rechazó el recurso, confirmando la valoración probatoria y la condena, por no advertir arbitrariedad en la decisión de los jueces de grado.
¿Quién es el actor?
Dra. Alejandra Cejas, como abogada defensora de S. B. (recurrente).
¿A quién se demanda?
Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Jujuy revisando la sentencia del Tribunal de Revisión; en sustancia la impugnación se dirige contra la confirmación de la condena de S. B.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Revocar la resolución del Tribunal de Revisión y obtener la absolución o la modificación de la condena de S. B. por los delitos de Abuso Sexual con Acceso Carnal, Amenazas agravadas por uso de arma en contexto de violencia de género, Lesiones leves agravadas por el vínculo, Daño y Privación Ilegítima de la Libertad agravada (esta última ya fue absuelta por la Alzada).
¿Qué se resolvió?
Rechazar el Recurso de Inconstitucionalidad; se impusieron las costas al recurrente y se difirió la regulación de honorarios; se dejó constancia de la reserva del caso federal. Se confirma, en lo sustancial, la valoración probatoria y la condena por los delitos indicados (con ajuste de pena por Tribunal de Revisión a ocho años más inhabilitación).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Bajo esos lineamientos, no encuentro en el caso bajo examen verificada ninguna de las hipótesis que el Alto Tribunal de la Nación ha delineado como supuestos arbitrarios y que habiliten una nueva revisión de la sentencia, pues las decisiones de los jueces anteriores en grado, cuentan con fundamentos suficientes y razonables, acordes a las constancias de la causa, a los principios de la lógica y la experiencia, y al derecho aplicable."
"A ese fin, y como punto de partida, tengo presente que –como se verá- quedó sobradamente probado que V. Q. presentaba hematomas y escoriaciones provocados por mordiscones en varias partes de su cuerpo (...) dieron acabada cuenta de la intensa violencia ejercida sobre la víctima..."
"Desde esa comprensión, el Tribunal Revisor abordó con destacado desarrollo argumental las razones que conducen a descartar la declaración desincriminatoria formulada por la víctima bajo el prisma de una debida perspectiva de género... permitieron establecer de manera clara y contundente el patrón de ira, manipulación y dominación que ejerció B. sobre Q., y el estado de elevada vulnerabilidad en la que ésta se encontraba."
Citas textuales relevantes incluidas en el voto mayoritario:
"la declaración desincriminatoria formulada por la víctima... obedecían a la intención de beneficiarlo y encontraba lógica en la circularidad de las relaciones signadas por la violencia de género..."
"la ausencia de lesiones genitales y paragenitales ... su ausencia no descarta su existencia porque hay violaciones sin dejar ninguna marca"
¿Cómo votaron los jueces?
El voto de la Dra. Lamas González es el que integra el cuerpo principal del fallo y los Dres. Llamas y Meyer adhieren; no se registran disidencias.
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