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Tribunal Superior

RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD en Expte. 18.959/24 (Cámara de Apelaciones - Sala I) “ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: AGÜERO MARTA ROSA ANA c/ ESTADO PROVINCIAL - INSTITUTO DE SEGUROS DE JUJUY

La actora reclamó prestaciones por accidente de trabajo derivadas del siniestro del 29.09.2014. La Sala IV Laboral rechazó el Recurso de Inconstitucionalidad y confirmó la valoración de la prescripción efectuada por la Cámara de Apelaciones, por considerar insuficientes los agravios y correcta la apreciación probatoria sobre el cómputo del plazo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Suprema Corte de Justicia (S.T.J.) - Sala IV-Vocalía 8 (JUJUY)
Fuero
Suprema Corte de Justicia (S.T.J.) - Sala IV-Vocalía 8
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
LA-20917/2024
Accidente de trabajo Valoracion de la prueba Prescripcion Prestaciones en especie Lrt Prestaciones dinerarias Recurso de inconstitucionalidad Instituto de seguros de jujuy Alta medica 14/05/2016 Acto administrativo 21/04/2022

¿Quién es el actor?

Marta Rosa Ana Agüero, representada por el Dr. Carlos Ariel Meyer.

¿A quién se demanda?

Estado Provincial - Instituto de Seguros de Jujuy (ISJ).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Prestaciones por accidente/enfermedad de trabajo (prestaciones en especie y dinerarias derivadas del accidente del 29/09/2014).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto contra la confirmación del rechazo de la apelación; se impusieron las costas por el orden causado y se diferenció la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Entrando al tratamiento de las cuestiones planteadas no puedo pasar por alto que si bien se refieren sus agravios a puntos concretos de la sentencia, solo se apoya en sus apreciaciones sin fundamento o argumentación jurídica sostenible.

Las manifestaciones con las que pretende el recurrente abrir esta instancia de excepción denotan una mera disconformidad con el criterio sostenido por el a quo, sin hacerse cargo del fundamento esgrimido en el fallo, agravios insuficientes que no logran constituirse como causales de arbitrariedad que ameriten desvirtuar la sentencia bajo análisis.

Del examen de las constancias de la causa no se advierte desacierto de gravedad extrema que justifique revisar el pronunciamiento cuestionado. Efectivamente de la prueba incorporada en los expedientes que tengo a la vista, se advierte que del accidente ocurrido en fecha 29 de septiembre de 2014 la actora recibió el alta definitiva en 14 de mayo de 2016. Recién a partir del año 2022 reclama ante las autoridades del ISJ las prestaciones por accidente laboral, constatándose que siempre la prestación brindada por el ISJ fue como obra social y no como aseguradora de riesgo del trabajo.

Por todo ello, no encuentro razones para apartarme de los sólidos argumentos esgrimidos en la sentencia, por lo que el recurso no puede prosperar.

Por consiguiente, corresponde rechazar el recurso de Inconstitucionalidad interpuesto por el Dr. Carlos Ariel Meyer en representación de la Sra. Marta Rosa Ana Agüero."

(Adhesión de los Dres. María Eugenia Nieva y Ekel Meyer al voto principal.)

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