Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en expte. Nº C-107.073/2018 (Cámara en lo Civil y Comercial- Sala I- Vocalía 2) Daños y Perjuicios: Ríos, Dalma Noelia y Tapia Nicolás Ezequiel c/ Estado Provincial - Hospital de Niños Dr. Héctor Quintana (
La actora promovió recurso de inconstitucionalidad contra el resolutorio del 29/10/2024 que hizo lugar parcialmente a la demanda por daños y perjuicios por un parto en sala de espera. La Suprema Corte rechazó el recurso por no advertir arbitrariedad en la valoración probatoria ni quebranto de garantías, confirmando la ponderación de la prueba efectuado por la Sala de origen.
¿Quién es el actor?
Dalma Noelia Ríos y Nicolás Ezequiel Tapia, representados por la Dra. María Rosa Llamas Pol (recurrente).
¿A quién se demanda?
Estado Provincial - Hospital de Niños Dr. Héctor Quintana (S.S. de Jujuy).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios derivados de la atención obstétrica brindada en el parto (parto ocurrido en sala de espera; reclamado daño psicológico y otros rubros indemnizatorios).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra el resolutorio del 29/10/2024 que hizo lugar parcialmente a la demanda; se impusieron las costas a la recurrente; se regularon honorarios de los letrados en $480.038 para cada uno, con más intereses e IVA si procede; notificación por cédula.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Es sabido que el abordaje de cuestiones de hecho y prueba resulta en principio ajeno a la revisión a la que habilita este extraordinario remedio, conforme el principio que esta Corte viene reafirmando..." (párrafo explicando la limitación del control en materia de hecho y prueba).
"En efecto, en primer lugar, los informes valorados no le permitieron al sentenciante contar con datos científicos que pusieran en evidencia la consistencia de sus conclusiones, lo que autorizó a la Sala a descalificar su valor probatorio y ponderar el reclamo realizando una apreciación integral de las pruebas." (fundamento sobre la descalificación de pericias y la ausencia de nexo causal adecuado).
"En consecuencia, no se advierte arbitrariedad en la decisión que amerite su descalificación constitucional, conforme a la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por lo que la misma debe ser confirmada." (conclusión del control constitucional).
Bloque dispositivo final (transcripción):
"RESUELVE:
1º) Rechazar el recurso de inconstitucionalidad deducido por la Dra. María Rosa Llamas Pol, en representación de Dalma Noelia Ríos y Nicolás Ezequiel Tapia, en contra del resolutorio del 29 de octubre de 2024.
2º) Imponer las costas a la recurrente vencida.
3º) Regular los honorarios profesionales de la Dra. María Rosa Llamas Pol y del Dr. Diego N. Yanicelli, en la suma de $480.038 para cada uno de ellos, más los intereses que correspondieren, e IVA si procediere.
4º) Registrar y notificar por cédula."
¿Cómo votaron los jueces?
Los Dres. Jenefes, Miranda y Meyer acordaron y firmaron; los Dres. Miranda y Meyer adhieren al voto que antecede (decisión por mayoría unánime de la Sala).
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.