Divorcio: C., J. M. c/ F., L. S
El Dr. Sergio Marcelo Vargas interpuso queja por retardo o denegación de justicia por la demora en la práctica y aprobación de planilla de liquidación de honorarios. La Suprema Corte de Jujuy rechazó la queja por haber devenido abstracta y por existir vías recursivas no agotadas; además apercibió disciplinariamente al letrado por expresiones injuriosas.
¿Quién es el actor?
Dr. Sergio Marcelo Vargas, por sus propios derechos.
¿A quién se demanda?
Juzgado de Primera Instancia de Familia - Perico (la Jueza Dra. Anahí Mariana Juárez Almaraz).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Queja por retardo o denegación de justicia y petición de orden para dictar resolución aprobatoria de planilla de liquidación de honorarios (ejecución de honorarios regulados).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la queja por haberse otorgado despacho favorable (devino abstracta) y porque el quejoso no agotó las vías recursivas frente a las decisiones que impugna; se apercibió al Dr. Vargas por el estilo y expresiones utilizadas en sus escritos. Se ordenó registrar y notificar.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Por ello, al haberse otorgado despacho favorable a la presentación del 04/08/25, la presente queja por retardo de justicia devino abstracta y así corresponde declararlo."
"Es que, tal como fue dictaminado por el Procurador General Adjunto del Ministerio Público de la Acusación, cuyo criterio compartimos, '… si bien la causa devino en abstracto, observo que las razones que motivaron la queja residen principalmente en los parámetros utilizados por la Magistrada para el cómputo de los intereses de honorarios, para lo cual el quejoso tiene expeditas las correspondientes vías recursivas'. Ciertamente, si las resoluciones dictadas por el Órgano jurisdiccional resultaron adversas a sus intereses, entonces debió recurrirlas interponiendo en su contra los respectivos remedios procesales que el rito contempla; cosa que el letrado no acreditó en autos, lo cual denota que la presente queja importa un mero intento de habilitar aquellas vías procesales soslayadas en su oportunidad, ante decisiones no compartidas."
"Por lo tanto, cabe aplicar al Dr. Sergio Marcelo Vargas la sanción disciplinaria de apercibimiento, haciéndole saber que, para el futuro, deberá guardar una adecuada mesura y dignidad en el estilo, y que, de persistir en su conducta, se le aplicarán sanciones más severas (arts. 17 y 18 de la Ley Orgánica del Poder Judicial)."
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución consta como acordada por la Sala I, firmada por los Dres. Miranda, Uriondo y Otaola; el dispositivo final es el que manda y refleja la decisión de la Sala (no consta disidencia).
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.