PROTECCIÓN DE PERSONA – LEY 26.485 V. E. V. c/ O. H. R. de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia Especializado en Violencia de Género Nº 6 - Secretaria Civil y de Familia, de cuyo análisis
La actora promovió acción de PROTECCIÓN DE PERSONA por violencia de género (psicológica, física, sexual, económica y simbólica) contra su cónyuge. El Juzgado de Primera Instancia Especializado en Violencia de Género Nº6 ordenó el cese de las medidas cautelares dictadas el 16/1/2025, impuso tratamiento psicológico obligatorio a ambas partes por un año y condenó en costas y honorarios al demandado.
¿Quién es el actor?
Sra. V. E. V., con patrocinio de la Dra. Helen Quinteros (Equipo Interdisciplinario del Centro de Atención Integral de la Víctima de Violencia de Género).
¿A quién se demanda?
Sr. O. H. R.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Solicitud de protección de persona por violencia de género (relata episodios de violencia física —cachetadas, golpes con elemento contundente—, psicológica —celos, insultos, control mediante celular—, económica y sexual; denuncia hechos ocurridos en distintas provincias y pide medidas de protección).
¿Qué se resolvió?
Se ordena el cese de las medidas cautelares dictadas el 16/01/2025; se dispone que ambas partes se sometan a tratamiento psicológico individual por un plazo no menor de un año; se imponen las costas y se regulan honorarios del letrado del demandado (Dr. Martín Patiño) en $792.048; no se regulan honorarios a favor de la Dra. Helen Quinteros.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que atento al estado de la causa, y luego de transitar las etapas correspondientes al presente proceso, conforme la normativa vigente, corresponde resolver en torno a la continuidad, modificación y/o levantamiento en su caso, de las medidas de carácter precautorio urgentes, oportunamente dispuestas por el Juzgado, las que fueron fijadas temporalmente por el término de 180 días, a la fecha vencidas."
"Que los hechos narrados por la victima tuvieron suficiente entidad, conforme el protocolo de evaluación de riesgo a víctimas de violencia de género (Anexo II Acordada 71/23), como para disponer las medidas jurisdiccionales de carácter urgente que oportunamente se ordenaron."
"Siendo de aplicación las normas de protección contra la Violencia de Género - Ley 26.485 ... Se debe resaltar que la ley 26.485 autoriza al juez a tomar medidas de urgentes amparo a las víctimas de violencia al tomar conocimiento de la denuncia efectuada, bastando para ello la sospecha de existencia de una situación de violencia".
"Asimismo, cumplidas las audiencias previstas en nuestra reglamentación y habiendo tenido contacto personal con las partes del proceso, los estudios y peritaciones aportaron conocimiento técnico sobre la interacción de las mismas dando a conocer que se ha logrado el cumplimiento efectivo de las medidas de protección y obediencia, habiendo cesado la situación el riesgo que oportunamente dio lugar a la disposición de las medidas precautorias."
"Atento a lo expuesto y siguiendo lo sugerido por las profesionales del Equipo Interdisciplinario de Juzgado a mi cargo, se dispone que las partes se sometan a tratamiento psicológico a fin de aprender nuevos modos de comunicación entre ellos, diferentes a la violencia."
Bloque dispositivo (extracto):
"I.- ORDENAR el cese de las medidas cautelares dispuestas por proveído de fecha 16 de enero de 2025 de autos, en contra del Sr. O. H. R. D.N.I. Nº…
II.- DISPONER la obligación de ambas partes Sra. V. E. V. D.N.I. Nº… y del Sr. O. H. R. D.N.I. Nº… de someterse a tratamiento psicológico individual, ... por un periodo no menor de un año ... dando cuenta del inicio del mismo dentro del término de quince días (15) de notificada la presente.
III.- IMPONER las costas del presente proceso a la parte demandada, ... REGULAR honorarios profesionales a favor del Dr. MARTÍN PATIÑO ... en la suma de PESOS SETECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL, CUARENTA Y OCHO ($ 792.048) ...
VI.- NO REGULAR honorarios profesionales a favor de la DRA. HELEN QUINTEROS ...
VII- AGREGAR copia en autos, registrar, oficiar y notificar ... Cumplido, ARCHÍVENSE las presentes actuaciones sin más trámite."
¿Cómo votaron los jueces?
No se consignan votos en disidencia en el texto aportado.
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Leyes que cita
- Ley 26.485Ley de proteccion integral a las mujeres
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