P., A. P. con los Delitos: Lesiones leves (art.89); P., A. P. con los Delitos: Amenazas (art.149 bis 1º párrafo 1º
El imputado fue condenado mediante juicio abreviado por lesiones leves doblemente agravadas, hurto, desobediencia judicial y amenazas en concurso real. El Juzgado homologó el acuerdo, impuso pena de un año de prisión en suspenso, cesó la prisión preventiva y fijó reglas de conducta y medidas de protección a favor de la víctima.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (representada por la Dra. Verónica García Bond) actuó como parte acusadora.
¿A quién se demanda?
Á. P. P. (imputado).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Homologación de un acuerdo de juicio abreviado por hechos que integran los legajos P-29938/2025 y P-2963/2026: dos hechos de lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género, hurto, desobediencia judicial y amenazas, en concurso real.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al juicio abreviado y se condenó a Á. P. P. a la pena de UN AÑO de prisión, de ejecución en suspenso; se ordenó cesar la prisión preventiva dictada el 06/03/2026 y la inmediata libertad del condenado; se impusieron reglas de conducta por dos años (domicilio, presentación ante Oficina de Control de Coerción/Probation, prohibición de consumo de estupefacientes y abuso de alcohol, no cometer delitos, prohibición de acercamiento a la víctima a menos de 300 metros, cursado de Nuevas Masculinidades, tratamiento psicológico); se ordenó la instalación de la app Di.M.E. en el celular de la víctima con su conformidad; costas a cargo del condenado; comunicación al juzgado de ejecución y al RNR.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los hechos objeto del acuerdo son los siguientes: LEGAJO P- 29938/2025 'Ocurrido en fecha 16 de Noviembre del año 2025 ... el denunciado sujeta por los brazos a la Sra. S. intentando obligarla a irse con él. al lograr liberarse, el Sr. P. le propina un golpe de puño en el lado derecho de la cara provocando en la victima equimosis en mejilla derecha, brazo derecho y brazo izquierdo... Posteriormente P. le refiere a la Sra. S. “VOY A REGRESAR A LA NOCHE A TU CASA Y PRENDERTE FUEGO, TE VOY A HACER MIERDA SOS UNA HIJA DE PUTA”...'"
"LEGAJO P- 2963/2026 PRIMER HECHO. 'Ocurrido el día 08 de febrero de 2026 ... fue interceptada por Á. P. P., quien ... le sustrajo del bolsillo un teléfono celular ...' SEGUNDO HECHO. '... el imputado arrojó el teléfono celular contra el piso, provocando su daño, y seguidamente, al intentar la víctima retirarse del lugar, el imputado la sujetó fuertemente del brazo, provocándole lesiones... Ello en desobediencia a la medida de Protección de Persona debidamente notificada en el Legajo P-29938.'"
"Visto el acuerdo celebrado, considero que en la presente causa debe acogerse favorablemente el mismo, conforme art. 411 y siguientes del CPP, debido a que se han cumplido con todos los requisitos exigidos por la norma legal citada, no dándose en el caso una afectación de la libertad del prevenido, además de que se respetó la garantía constitucional del debido proceso."
"De la valoración de la prueba desarrollada por la Fiscalía en la audiencia se obtiene la certeza que los hechos investigados existieron... Es importante destacar que, si bien el imputado reconoce los hechos y acepta su participación en los mismos, la aceptación de la responsabilidad por sí sola ... no alcanza para sustentar la certeza necesaria ... que, en el caso, entiendo se ha obtenido con creces."
"Finalmente, debido a que el inculpado se encuentra privado de su libertad por medida de coerción dictada en fecha 06/03/2026, y atento a que no se le impone una condena de cumplimiento efectivo, corresponde hacer cesar la prisión preventiva y ordenar su inmediata libertad, imponiéndole las obligaciones y restricciones mencionadas en el acuerdo..."
¿Cómo votaron los jueces?
No se advierte voto en disidencia; la resolución es dictada por el Juez Mercau y rubricada por el prosecretario técnico administrativo, y el bloque resolutivo final coincide con los fundamentos expuestos.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.