Desalojo: Miriam Adriana Flores c/ Núñez, Valeria Elizabeth, Iñiguez, Gianela Elizabeth, Iñiguez Daniela Abril Marlene y Ruiz José Ariel
La actora promovió juicio de desalojo por ocupación precaria sobre inmueble del Programa “21 Viviendas en Santa Clara”. El Juzgado hizo lugar a la demanda, condenando a los ocupantes a restituir el inmueble en diez días y ordenando costas a la parte vencida por entender acreditada la legitimación activa de la actora y ausencia de posesión excluyente de la demandada.
¿Quién es el actor?
Sra. Miriam Adriana Flores (actuando por sus derechos y en carácter de administradora judicial de la sucesión de José Antonio Flores e Isabel Álvarez).
¿A quién se demanda?
Sras. Núñez Valeria Elizabeth; Iñíguez Gianela Elizabeth; Iñíguez Daniela Abril Marlene; y Sr. José Ariel Ruiz.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Desalojo del inmueble ubicado en calle Gorriti s/n, Manzana nº 8, lote 18 del Programa “21 Viviendas en Santa Clara” (Ciudad de Santa Clara, Dpto. Santa Bárbara) por ocupación precaria/intrusión.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda de desalojo, condenando a los demandados a entregar el inmueble a la actora en el término de diez días, libres de ocupantes y de cosas, bajo apercibimiento de lanzamiento con auxilio de la fuerza pública; se imputaron las costas a la demandada vencida; se difirió regulación de honorarios; se ordenaron medidas de protección por presencia de menores y se libró oficio al Juez de Paz para notificación en el domicilio objeto de desalojo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En función de esta comunicación del IVUJ, estimo que la legitimación activa de la actora se encuentra debidamente acreditada pudiendo la misma, incluso, haber accionado por derecho propio y no ya en tanto administradora de la sucesión de sus padres.
La legitimación pasiva también resulta indiscutible, toda vez que, cualquiera haya sido la causa fáctica del ingreso de la demandada a la vivienda, la misma se encuentra ejerciendo una ocupación de la misma.
Así las cosas, conectando las distintas declaraciones testimoniales con el propio escrito de responde de la demanda, se revela que la demandada no ha ejercido con claridad una relación de señorío fáctico excluyente, sino que, en mayor o menor medida, ha reconocido los derechos de la familia Flores sobre el inmueble, conducta incompatible con la posesión que debe acreditarse sumariamente para poder repeler la acción de desalojo tentada."
"Así las cosas, y siendo que el Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy ha comunicado su decisión de adjudicar la vivienda a los actores, entiendo que existen razones suficientes para hacer lugar a la acción de desalojo con expresa imposición de costas a la demandada (art. 128 CPCC)."
¿Cómo votaron los jueces?
No se consignan votos en disidencia en la parte resolutiva final; la decisión contiene la motivación del Juez de Primera Instancia que firma la resolución.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.