Ordinario por daños y perjuicios: Cristian Pablo Antonio Rodas c/ Pantaleón Cardozo Ortega y Claudia A. Ortega
El actor promovió demanda por daños y perjuicios y daño moral por el fallecimiento de su madre, atribuyendo responsabilidad al titular, guardián y conductora del ómnibus, y reclamando extensión contra la Municipalidad y la aseguradora. El juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó solidariamente a los Sres. Pantaleón Cardozo Ortega, Claudia Alejandra Ortega y a la sucesión de Eduardo Fabián Gamboa al pago de $24.107.381, rechazando la demanda contra la Municipalidad y admitiendo la exclusión de cobertura de la aseguradora por falta de pago.
¿Quién es el actor?
Cristian Pablo Antonio Rodas.
¿A quién se demanda?
Pantaleón Cardozo Ortega; Claudia Alejandra Ortega; Eduardo Fabián Gamboa (hoy su sucesión); Municipalidad de Libertador General San Martín; citación en garantía a Liderar Compañía General de Seguros S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios y daño moral por el accidente del 18/09/2005 que produjo la muerte de la Sra. Isabel Rodas; gastos de sepelio, valor vida, pérdida de chance, y demás rubros patrimoniales.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda contra Pantaleón Cardozo Ortega, Claudia Alejandra Ortega y la sucesión de Eduardo Fabián Gamboa, condenándolos solidariamente a abonar $24.107.381. Se rechazó la demanda contra la Municipalidad y se hizo lugar a la exclusión de cobertura financiera de la aseguradora Liderar. Se impusieron costas y se regularon honorarios conforme se detalla en la parte resolutiva.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Del dictamen pericial surge con claridad que el rodado no se encontraba en plenas condiciones técnicas en punto a su sistema de frenado, lo cual tuvo incidencia causal marcada en el resultado dañoso."
"Entiendo entonces, que se encuentra acreditado un cruce imprudente por parte de la víctima, el cual contribuyó parcialmente al resultado dañoso, sin embargo, tal negligencia, no excluye totalmente la causalidad y responsabilidad que vincula a los demandados, toda vez que el arrastre producido luego del impacto revela o una excesiva velocidad, o bien un inadecuado estado de los frenos, pudiendo inferirse que de haber sostenido, quien se suponía chofer profesional, un adecuado control del ómnibus, podría haber cuanto menos ocasionado un daño menor hacia la víctima. En función de estas valoraciones, establezco una contribución causal al resultado dañoso en cabeza de la víctima Isabel Rodas del 20 % y una causalidad en el daño del 80 % en cabeza del titular dominial, guardián y chofer del colectivo al momento del siniestro, respondiendo todos ellos solidariamente por la suma que se cuantifique."
"Que, corresponde admitir la defensa planteada de exclusión de cobertura financiera por la causal de falta de pago opuesta por Liderar Cia Gral de Seguros SA... la pericial contable incorporada en la causa (fs. 152/154) concluye que a la fecha del siniestro -18 de septiembre de 2005- la póliza no contaba con cobertura financiera registrando la última cobranza el 3 de agosto de 2005... Corresponde rechazar la extensión de responsabilidad a la citada en garantía Liderar Compañía General de Seguros SA."
(Si hay votos en disidencia relevantes: no se consignan votos en disidencia en el bloque dispositivo ni en el texto aportado.)
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.