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Primera Instancia

EJECUTIVO: VOLKSWAGEN S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS C/ MARTINEZ, GUSTAVO FABIAN y CHAVARRIA, GUSTAVO JAVIER

La actora promovió ejecución basada en contrato de prenda por $3.354.713,00 contra Gustavo Fabián Martínez y Gustavo Javier Chavarría. El Juzgado rechazó la demanda y declaró inhábil el título para ejecución por caducidad del certificado de prenda, imponiendo costas a la ejecutante.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Juzgado de Primera Instancia Nº 6-Secretaría 11 (JUJUY)
Fuero
Juzgado de Primera Instancia Nº 6-Secretaría 11
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-233127/2023
Costas Regulacion de honorarios Ejecucion Proceso ejecutivo Prenda Responsabilidad de garante Titulo inhabil Prescripcion (excepcion) Certificado de inscripcion caducado Art. 516 cpcc

¿Quién es el actor?

Volkswagen S.A. de Ahorros Para Fines Determinados (CUIT 30-56133268-8), representada por Dra. Valeria Inés Alanis.

¿A quién se demanda?

Gustavo Fabián Martínez (DNI 27.165.896) y Gustavo Javier Chavarría (DNI 25.985.617).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Juicio ejecutivo por la suma de TRES MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TRECE ($3.354.713,00) más intereses y costas, fundado en contrato de prenda con registro firmado el 06/03/2017.

¿Qué se resolvió?

Rechazar la demanda ejecutiva y declarar inhábil al título presentado para ejecución; imponer las costas a la actora; diferir regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Conforme se encuentra planteada la causa, considero que la promotora de autos inició el proceso ejecutivo con un título que resulta inhábil a tal efecto, omitiendo preparar la vía conforme lo dispone el art. 516 del CPCC."

"Esto así no solo porque el certificado de inscripción de prenda se encuentra caduco, siendo el mismo el que torna hábil la ejecución especial (art. 26 Ley de prenda), sino también porque dirigiendo la acción en contra del Sr. Gustavo Javier Chavarría (como garante) y, advirtiendo de esa instrumental que no surge la anotación que permita -en caso de proceder la demanda- la solidaridad prevista por el art. 27, resulta insuficiente como título ejecutivo, a tal efecto, la copia de la carta documento acompañada al promover la demanda."

"En virtud de ello, corresponde rechazar la demanda interpuesta declarando inhábil el título presentado para ejecución, lo que me exime de analizar la excepción opuesta por los accionados."

Citas jurisprudenciales incorporadas por el tribunal:

"Encontrándose caduca la inscripción del contrato de prenda al interponer la demanda, presupuesto indispensable para este tipo de juicio, la ejecución prendaria no puede prosperar (art. 23/24 Ley 12.962) ... La caducidad de la inscripción puede ser opuesta por la parte originaria y obsta al progreso de la acción prendaria, que debe rechazarse sin perjuicio de otras acciones que puedan pertenecer al acreedor."

¿Cómo votaron los jueces?

"1.- Rechazar la demanda ejecutiva ... declarando inhábil al título presentado para ejecución.

2.- Imponer las costas a la ejecutante vencida(art. 128 del CPCC).

3.- Diferir la regulación de honorarios profesionales ...

4.- Notificar, protocolizar, comunicar al Departamento de Jurisprudencia y oportunamente, archivar."

Leyes que cita

  • Ley 12.962 de Buenos AiresAutoriza al serv.pcial.de agua potable y saneamiento rural s.p.a.r.a ceder a la cooperativa ltda.de provision de…

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