EJECUTIVO: CHAUQUE, ROXANA FLABIA C/ BRAJEDA, CELESTINO OMAR
La actora promovió juicio ejecutivo por cobro de pagaré a la vista por PESOS CIEN MIL ($100.000). El Juzgado rechazó las excepciones de pago total, falsedad e inhabilidad de título y ordenó continuar la ejecución por $100.000 más intereses desde el 24/02/22 hasta el pago.
¿Quién es el actor?
Sra. Roxana Flabia Chauque, DNI 31.131.726.
¿A quién se demanda?
Sr. Celestino Omar Brajeda, DNI 17.684.196.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Juicio ejecutivo por cobro de pagaré a la vista por la suma de PESOS CIEN MIL ($100.000), con intereses moratorios, gastos y costas.
¿Qué se resolvió?
Rechazó las excepciones opuestas por el demandado (pago total, falsedad e inhabilidad de título) y ordenó llevar adelante la ejecución por $100.000 con intereses desde la mora (24/02/22) hasta el efectivo pago; impuso costas al demandado y difirió la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Por ello, considero que sin más, la excepción de pago total interpuesta por el accionado debe ser rechazada, por cuanto no existe acreditación alguna del pago que refiere haber efectuado, además de ser ese pago desconocido por la actora."
"LA FIRMA INSERTA EN EL DOCUMENTO PAGARE CON FECHA 24 DE FEBRERO DE 2022, SÍ CORRESPONDE AL SR. BRAJEDA CELESTINO OMAR."
"Se sigue así que la 'falsedad ideológica' (el abuso de firma en blanco) no es debatible en el proceso ejecutivo, pues la excepción del epígrafe se vincula exclusivamente con los vicios extrínsecos que puedan afectar al título... Conforme a lo anteriormente expuesto y a las conclusiones técnicas arribadas por la perito interviniente, considero que la excepción de falsedad de título interpuesta por la demandada no puede prosperar."
"Por tanto, la excepción de falsedad e inhabilidad de título opuesta por el accionado debe ser rechazada y, en consecuencia, corresponde mandar llevar adelante la ejecución por la suma de $ 100.000, con más los intereses que deberán determinarse conforme a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de Nación Argentina... desde la mora (24/02/22) y hasta el efectivo pago."
No hubo votos en disidencia consignados en el texto aportado.
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