EJECUTIVO: CETROGAR S.A. C/ BARBITO, SERGIO EDUARDO
CETROGAR S.A. promovió juicio ejecutivo contra Sergio Eduardo Barbito por $59.923,29. El Juzgado ordenó ejecutar el título hasta el pago íntegro del capital reclamado más intereses a la tasa activa desde la mora (20/09/2023), impuso las costas a la demandada y difirió la regulación de honorarios.
¿Quién es el actor?
CETROGAR S.A., representada por el Dr. Pablo Rafael Sodero.
¿A quién se demanda?
Sr. Sergio Eduardo Barbito, D.N.I. 13.849.259, con defensa asumida posteriormente por el Dr. Jorge Rafael Abud, Defensor Civil (Defensoría Nº 12).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Juicio ejecutivo por la suma de PESOS CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTITRÉS CON VEINTINUEVE CENTAVOS ($59.923,29), con más intereses y eventual IVA, en base a título ejecutivo y rectificación de monto.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la ejecución solicitada; se ordena proceder con la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado y de los intereses a la tasa activa conforme a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia (causa Zamudio c/ Achi Yolanda y otro), desde la mora 20/09/2023 y hasta el efectivo pago; se imponen las costas a la demandada; se difiere la regulación de honorarios; notificación por cédula y por Ministerio de la Ley.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que el título por el que se promueve el proceso, es de los que trae aparejado ejecución y la parte demandada, pese haber sido debidamente notificada de remate, no ha opuesto excepciones legítimas alguna, que obsten al progreso de la acción deducida, por lo que encontrándose vencido el término para hacerlo y de conformidad a lo peticionado en el escrito de demanda y al Informe Actuarial que antecede, corresponde dictar sentencia sin más trámite, haciendo lugar a la ejecución pretendida."
"Que respecto a los intereses peticionados por el promotor de autos en su escrito de demanda, siendo que oportunamente se corrió traslado de esta pretensión, corresponde expedirse sobre los mismos y fijarlos de acuerdo a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa: “Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en el expte. Nº B-145.731/05 (Sala I- Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi Yolanda y otro “, (L. A. 54, Fº 673/678- Nº 235), desde la mora 20/09/2023 y hasta el efectivo pago, más IVA si correspondiere.-"
Bloque dispositivo final (texto íntegro de la parte resolutiva):
"1º) Mandar llevar adelante la ejecución seguida por CETROGAR S.A. en contra del Sr. SERGIO EDUARDO BARBITO, D.N.I. Nº 13.849.259, hasta que la primera se haga íntegro pago del capital reclamado de PESOS CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTITRÉS CON VEINTINUEVE CENTAVOS ($59.923,29) con más los intereses a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia ... desde la mora (20/09/2023) y hasta el efectivo pago, más IVA si correspondiere.-
2º) Imponer las costas a la demandada vencido (Art. 128 del CPCyC).-
3º) Diferir la regulación de los honorarios profesionales del DR. PABLO RAFAEL SODERO, para el momento procesal oportuno (art. 46 de la ley 6368).-
4º) Notificar por cédula y en lo sucesivo por Ministerio de la Ley (Art.170 del CPCyC).-
5º) Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.-"
¿Cómo votaron los jueces?
no constan votos en disidencia en la resolución remitida.
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