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Cámara de Apelaciones

Recurso de Apelación en expediente de la Vocalía Unipersonal nº 6 de la Sala II del Tribunal del Trabajo Nº C-209494/2022:ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: COLLADO, HUGO ORLANDO C/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A

El actor promovió demanda por enfermedad/accidente de trabajo contra Galeno A.R.T. S.A. solicitando condena por el siniestro laboral. La Cámara de Apelaciones del Trabajo rechazó el recurso de apelación de la ART y confirmó la sentencia de primera instancia por carecer la apelante de un agravio actual al haberse diferido la liquidación del monto de condena.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Cámara de Apelaciones del Trabajo - Sala II - Vocalía 4 (JUJUY)
Fuero
Cámara de Apelaciones del Trabajo - Sala II - Vocalía 4
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
22967/2026
Recurso de apelacion Enfermedad/accidente de trabajo Galeno a.r.t. Difirio liquidacion Falta de agravio actual Costas Honorarios Jurisprudencia revollo Jurisprudencia rodriguez Camara de apelaciones del trabajo (sala ii)

¿Quién es el actor?

Hugo Orlando Collado, representado por el Dr. Joaquín Guillermo Jenefes Quevedo.

¿A quién se demanda?

GALENO A.R.T. S.A., representada por el Dr. Nicolás Daniel Arias Cau.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pretensión por enfermedad/accidente de trabajo (condena contra la ART); la sentencia de origen hizo lugar a la demanda y difirió la estimación del monto de condena.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por GALENO A.R.T. S.A., con costas; se difirió la regulación de honorarios conforme lo considerado en el voto mayoritario; se ordenó registrar, notificar y remitir los autos a la vocalía unipersonal de origen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

“En el fallo apelado y -en lo que es estrictamente materia de recurso- resolvió diferir la estimación del monto de condena, disponiendo lo siguiente: ‘… el criterio del cálculo habrá de ajustarse a los parámetros que resultan de jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de Jujuy en Expte. LA-20.861/24 caratulado “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en expte. 19.104/2024 (Cámara de Apelaciones del Trabajo -Sala I- Vocalía 1) Enfermedad/accidente de trabajo: REVOLLO, DAVID FRANCISCO c/ GALENO ART SA” y ello complementado con lo considerado en Expte. Nº LA- 20121/23 caratulado “Recurso de Institucionalidad interpuesto en expte. D-030551/2019 (Tribunal del Trabajo- Sala IV- Vocalía 12) Enfermedad/accidente de trabajo: RODRÍGUEZ, ARTURO RENÉ c/ GALENO ART SA” …’”

“Los agravios deben versar sobre resoluciones que efectivamente produzcan un perjuicio actual. Si la sentencia no contiene liquidación ni monto definitivo de condena, no existe agravio concreto que habilite la revisión en esta instancia.” (cita de la Cámara Nacional, Sala VI, “Rodríguez, C. c/ Segurcoop”, 09/03/2021, transcripta en el voto).

“Así planteado el caso, si bien es evidente que el diferir el monto de condena solo tiene un fundamento aparente, por lo que injustificado, ello no puede concomitantemente causar agravios en términos procesales. En ese sentido, la apelante carece de agravio actual con lo cual el presente recurso no puede tener acogida favorable, toda vez que es inadmisible la apelación por agravios posibles, futuros, hipotéticos o conjeturales.”

Respecto de costas y honorarios: “corresponde imponer las costas de esta instancia a la apelante que resultó vencida GALENO A.R.T. S.A. (art. 128 del CPCC, aplicable al fuero laboral). Asimismo, propongo que la regulación de honorarios profesionales se difiera hasta tanto se efectúe la correspondiente a la instancia anterior (art. 54 de la Ley 6368 considerando para calcular ‘el monto que deba fijarse para los honorarios de la primera instancia’).”

¿Cómo votaron los jueces?

La Dra. Amalia Inés Montes votó en favor del rechazo por prematuro e improcedente; el Dr. Alejandro Hugo Domínguez adhirió al voto que antecede. No hubo disidencia.

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