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Cámara de Apelaciones

Recurso de Apelación interpuesto en expediente de la Sala I, Vocalía Unipersonal nº 3 del Tribunal del Trabajo, Nº C-187541/2021:ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: QUISPE, ALDO AMERICO C/ EXPERTA ART S.A

El actor promovió demanda por prestaciones dinerarias por enfermedad profesional contra Experta A.R.T. S.A., reclamando incapacidad y reparación bajo la Ley de Riesgos del Trabajo. La Cámara rechazó el recurso de apelación de la A.R.T. y confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y condenó a abonar $14.040.348,48, fundando su decisión en la suficiencia de la prueba pericial y la correcta aplicación del marco normativo (LRT, DNU 669/19 y Ley 27.348).

Fecha de la sentencia
Tribunal
Cámara de Apelaciones del Trabajo - Sala II - Vocalía 4 (JUJUY)
Fuero
Cámara de Apelaciones del Trabajo - Sala II - Vocalía 4
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
23475/2026
Costas Recurso de apelacion Honorarios Incapacidad laboral Intereses moratorios Ley de riesgos del trabajo Enfermedad profesional Dnu 669/19 Ley 27.348 A.r.t.

¿Quién es el actor?

Sr. Aldo Américo Quispe.

¿A quién se demanda?

EXPERTA A.R.T. S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Prestaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo por enfermedades profesionales (limitación funcional de columna lumbosacra e hipoacusia inducida por ruido, entre otras afecciones reclamadas).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la demandada y se confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y condenó a Experta A.R.T. S.A. a abonar $14.040.348,48; se impusieron costas a la apelante y se regularon honorarios en $548.367 y $383.857 para los Dres. Zamar y Gualchi respectivamente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por dicha resolución, el a quo resolvió hacer lugar a la demanda interpuesta por el Sr. Aldo Américo Quispe, en contra de Experta A.R.T. S.A., a quien se condenó a abonar la suma de $14.040.348,48, en concepto de prestaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo (en adelante LRT)."

"En base a lo expuesto, siendo que la primera manifestación invalidante acaeció el día 01/02/21 y, por ende, es posterior a la entrada en vigencia de la ley nº 27.948 (sancionada en fecha 15/02/2017) la cual delimita en su art. 20 la aplicación temporal del DNU 669/19, corresponde confirmar la aplicación efectuada por el a quo del decreto referenciado y rechazar el presente agravio."

"En cuanto a las cuestiones accesorias, no existiendo motivos que justifiquen apartarse del principio objetivo de la derrota consagrado por el art. 128 CPCC, de aplicación al fuero, propicio se impongan las costas a la apelante vencida EXPERTA A.R.T. S.A."

¿Cómo votaron los jueces?

Dra. Amalia Inés Montes expone los fundamentos y propone el rechazo del recurso por improcedente en todos los agravios; el Dr. Alejandro Hugo Domínguez adhiere a las conclusiones del voto que antecede. No se registra voto en disidencia.

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