Recurso De Apelación en D-022346/2018 Enfermedad/Accidente De Trabajo: Casas, Normando Néstor c/ Galeno A.R.T. S.A
El actor reclamó indemnización por enfermedad/accidente de trabajo contra Galeno A.R.T. S.A. y se discutió la responsabilidad del Fondo de Reserva de la LRT. La Cámara de Apelaciones del Trabajo hizo lugar parcialmente al recurso del representante del Fondo y rectificó el punto 3 de la interlocutoria para precisar que el Fondo responde por capital e intereses hasta su efectivo pago, excluyendo costas y gastos causídicos.
¿Quién es el actor?
Casas, Normando Néstor (acción principal por enfermedad/accidente de trabajo).
¿A quién se demanda?
Galeno A.R.T. S.A. (ART en liquidación).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de prestaciones indemnizatorias reconocidas en sentencia (capital, intereses, costas, honorarios y demás rubros derivados del proceso).
¿Qué se resolvió?
Hacer lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por el apoderado del Fondo de Reserva (GCQ & ASOC S.A.S./SSN) y rectificar el punto 3 de la sentencia interlocutoria de fecha 17/06/2026 para establecer que “el Fondo de Reserva de la LRT ... deberá responder por la totalidad del crédito reconocido judicialmente al trabajador, esto es: capital de las prestaciones, más intereses, hasta su efectivo pago”. Se impusieron las costas por su orden y se regularon honorarios profesionales en $321.720 para cada letrado, con IVA e intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
“La citada norma, en su primer párrafo, dispone textualmente: ‘1. Créase el Fondo de Reserva de la LRT con cuyos recursos se abonarán o contratarán las prestaciones a cargo de la ART que éstas dejarán de abonar como consecuencia, de su liquidación’. La operatividad de este instituto requiere, de manera indefectible, que la aseguradora se encuentre en proceso de liquidación, supuesto que se verifica en la especie.
La mencionada se encuentra prevista claramente para asumir las prestaciones que haya dejado de abonar una A.R.T. en liquidación. Dichas prestaciones incluyen tanto a las obligaciones dinerarias como en especie que la ART debía otorgar a los beneficiarios directos del sistema, es decir al trabajador, en su calidad de sujeto de preferente tutela constitucional.
Bajo este lineamiento, y si bien el Decreto 334/96 no contempla una restricción explícita sobre la extensión de responsabilidad del Fondo de Reserva en cuanto a las prestaciones (y tampoco su reglamentación a través del decreto 334/1996), una interpretación armónica, basada en la finalidad de creación del Fondo de Reserva, permite concluir que abarca tanto el capital de condena como los intereses devengados desde la exigibilidad del crédito hasta el efectivo pago.
Sostener lo contrario, importaría conculcar de manera directa la naturaleza indemnizatoria del crédito laboral, vulnerando el principio de reparación integral y el mandato de protección preferente consagrado en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.”
“De todo lo expuesto se colige que el Fondo de Reserva responde, por las obligaciones enmarcadas en la ley 24.557, de manera exclusiva respecto de capital e intereses reconocidos al trabajador mediante sentencia firme, quedando excluido el deber de afrontar las costas y gastos causídicos derivados del proceso judicial.
Consecuentemente, los honorarios y demás gastos derivados del juicio deberán seguir el trámite de verificación ante el juzgado comercial en el que tramita la liquidación de la aseguradora...”
¿Cómo votaron los jueces?
Voto mayoritario del Dr. Domínguez (propuesta y fundamentos extensos) y adhesión expresa de la Dra. Montes. No hubo disidencia.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.