Desalojo: Castro, Jorge Daniel c/ Guaymas, Débora Elizabeth
El actor promovió acción de desalojo contra la ocupante de un inmueble que sería vivienda familiar. La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia de grado que rechazó la demanda por improcedencia de la vía y remitió la controversia al fuero de familia para proteger los derechos del niño y ponderar la atribución de uso de la vivienda.
¿Quién es el actor?
Jorge Daniel Castro (representado por la Dra. Andrea Florencia Sánchez en la apelación; demanda inicial por el Dr. Gonzalo Rodolfo Martínez).
¿A quién se demanda?
Débora Elizabeth Guaymas.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Restitución/desalojo del inmueble sito en calle Buenos Aires, manzana 39, lote 13, barrio Luján, Santa Clara (padrón F-4467 / matrícula F-3635), fundado en boleto de compraventa del 09/03/18.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación y se confirmó la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda de desalojo por improcedencia de la vía, imponiendo costas y diferiendo regulación de honorarios. Se ordenó registrar y notificar a letrados, defensorías y representante complementaria del niño.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Se ha señalado que “cabe reformar las medidas útiles para remediar la situación de personas reconocidas como vulnerables por su condición de mujer, género, edad adulta o menor, tengan vivienda o estén en situación de calle, y otras formas de aumento del riesgo”. “Protección Procesal de Personas y Sectores Vulnerables - Osvaldo A. Gozaíni – Ed. Rubinzal Culzoni 1° ed. - Santa Fe – 2024 – Buenos Aires - pág. 452."
"Asimismo, se destaca que el actor no solo que no ha mencionado en su demanda que en el inmueble a desalojar vive su hijo menor de edad, sino que tampoco realizó propuesta alguna de acogimiento del mismo junto a su padre actor, o alguna otra alternativa de efectivización de las obligaciones que emanan de la responsabilidad parental (deber de habitación - arts. 638, 639, 658, 659 y conc. CCyCN)."
"En razón de ello, y teniendo en cuenta la existencia de procesos judiciales ya iniciados ante el Fuero de Familia (Expte D-052667/24 caratulado “Alimentos: Guaymas, Débora Elizabeth c/ Castro, Jorge Daniel”, y Expte Nº D-052209/24 caratulado “Régimen Comunicacional: Castro, Jorge Daniel c/ Guaymas, Débora Elizabeth”) la apelación deducida debe ser rechazada (art. 7 CCyCN; arts. 21, 22, 27, 678 y conc. CPCC; Decreto Acuerdo 467-G-24; en concordancia con los arts. 14 inc. 5, 7, 14, 195 y conc. Ley 6.362 y modif.)"
¿Cómo votaron los jueces?
Por unanimidad de los vocales de la Sala I (Dr. Mariano R. Zurueta votó y el Dr. Nicolás E. Yanicelli adhirió), el acuerdo rechazó la apelación y confirmó la decisión de grado. No hubo disidencias.
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Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
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