JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

Legajo de Revisión de Juicio: Legajo de Juicio: Ref. Legajo N° P-6586-MPA caratulado: F., E. O. PSA ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO POR SER COMETIDO CONTRA UN MENOR DE DIECIOCHO AÑOS APROVECHANDO LA SITUACIÓN DE CONVIVENCIA y AMENAZAS COACTIV

El imputado fue condenado por abuso sexual con acceso carnal y corrupción de menores agravada por convivir con la víctima y por amenazas. La Cámara con funciones de Revisión rechazó el recurso de la defensa y confirmó la sentencia condenatoria por considerar que la valoración probatoria del tribunal de grado se ajustó a la sana crítica y respaldan la convicción sobre autoría y materialidad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Jueces con Funciones de Revisión (JUJUY)
Fuero
Jueces con Funciones de Revisión
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
P-6586/2025
Condena Amenazas Camara gesell Corrupcion de menores Informe psicologico Abuso sexual con acceso carnal Convivencia preexistente Pena 12 anos Prueba de la victima Examen medico-forense

¿Quién es el actor?

La intervención recursiva fue deducida por la defensa técnica del imputado E. O. F. (recurriente).

¿A quién se demanda?

Revisión de la sentencia dictada contra E. O. F. por el Tribunal Colegiado con funciones de juicio (Dres. Puig, Salvatierra y Barrios).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Nulidad o revocación de la condena por presunta valoración arbitraria de la prueba, contradicciones temporales y espaciales en la acusación, impugnación de la declaración en Cámara Gesell, cuestionamiento de informes psicológicos y médico-forenses, y pedido subsidiario de absolución o atipicidad / desclasificación a abuso sin acceso carnal.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de impugnación, confirmando íntegramente la sentencia de fecha 23/10/2025 que declaró la responsabilidad penal de E. O. F. por ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO POR LA CONVIVENCIA PREEXISTENTE Y CORRUPCIÓN DE MENORES AGRAVADO POR AMENAZAS Y SER PERSONA CONVIVIENTE (varios hechos) en concurso ideal, y LESIONES LEVES agravadas; se confirmó la pena de DOCE (12) AÑOS de prisión e inhabilitación absoluta por igual término, y demás pronunciamientos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Dispositivo final (acuerdo y resolución):

“1)-RECHAZAR el recurso de impugnación interpuesto por la defensa técnica del encartado E. O. F., CONFIRMANDO la sentencia dictada en fecha 23/10/2025 por el Tribunal Colegiado con Función de Juicio, a cargo de los Dres. Mario Ramón Puig, Javier Salvatierra y Felicia Ester Barrios, en todo lo que fue materia de agravio; 2)-DIFERIR LA REGULACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES hasta dar a conocer los fundamentos de la presente; 3)-OFÍCIESE AL TITULAR DE LA SECRETARÍA DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, a los fines de que arbitre de forma urgente las medidas necesarias y el personal correspondiente, para verificar las condiciones actuales en las que se encuentra la menor J. E. G. Y., DNI …, con domicilio a establecer...”

Sobre la declaración de la niña en Cámara Gesell y su credibilidad:

“Habiendo observado en su totalidad la grabación de la entrevista en Cámara de Gesell de la menor J. E. G. Y., considero que la misma ha sido llevada a cabo por una profesional idónea como lo es la Lic. en Psicología Jimena Alfaro, donde se efectuaron las preguntas en los términos esperados, contestando la niña con espontaneidad, efectuando movimientos explicativos con sus manos, y manteniendo un relato firme y fluido.”

Extracto de la declaración de la menor reproducida en la sentencia (parte relevante que describe hechos de abuso):

“P: G. contame, ¿vos sabes porque estas acá hoy? MENOR (en adelante “M”): Si, sí L: ¿Me querés contar un poquito por qué? M: Porque mi padrastro abuso de mi...E. O. F.... P: ¿Y esto cómo fue? ¿cuándo fue? M: Cuando tenía 5 años...mi padrastro me tocaba...iba a la escuelita...a la (Escuela) 405...Salita de 5 años... P: ¿Y dónde pasó que él te tocaba? M: En la casa en que vivíamos antes, mi mamá siempre se iba a trabajar... M: Mi padrastro me dijo `J.´, yo ese día no tuve clases, y me llamó y de la nada me empezó a sacar la remera...Y de ahí me empezó a sacar y de ahí me dijo que, si yo le decía a mi mamá, me iba a matar a mí, a mi mamá y a mis hermanos... M: Y me comenzó hacer con su parte íntima...”

Sobre el examen médico-forense:

“...se concluyó ‘Presenta signos compatibles a penetración vaginal de antigua data (más de 30 días de evolución aproximadamente) compatible a elemento romo animado en movimiento...No Presenta signos compatibles a penetración anal...’”, aseveración realizada por la Dra. Gilda Vallejos y valorada por el tribunal como prueba de materialidad.

Sobre la valoración global y el principio in dubio pro reo:

“Frente al vasto cuadro probatorio analizado, las conclusiones a las que arriba el a-quo lucen producto de un razonamiento lógico y coherente, ajustado a las reglas de la sana crítica y con suficiencia jurídica para despejar cualquier duda... la resolución en crisis cumple con la exigencia de fundamentación requerida para arribar a un pronunciamiento condenatorio...”

¿Cómo votaron los jueces?

unanimidad (Dra. Gisela R. Macina presidenta de trámite y Dr. Néstor H. Paoloni adhieren). No hubo disidencias.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.