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Cámara de Apelaciones

Acción emergente de la ley del consumidor: Morales Miguel Angel c/ Autolux S.A

El actor promovió acción emergente de la Ley de Defensa del Consumidor solicitando el reintegro de $110.000 y daño punitivo por la supuesta apropiación de la diferencia de precio luego de entregar su vehículo usado como parte de pago. La Cámara rechazó la demanda por insuficiencia probatoria, entendiendo que no quedó acreditado el incumplimiento contractual ni conducta particularmente reprochable del proveedor.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala I-Vocalía 1 (JUJUY)
Fuero
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala I-Vocalía 1
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-111473/2018
Accion emergente Ley 24.240 Consumidor Insuficiencia probatoria Parte de pago Pericia caligrafica Pericia contable Costas por su orden Honorarios (18 uma) Rechazo de demanda.

¿Quién es el actor?

Miguel Angel Morales, representado por el Dr. Rubén Fernando Farfán.

¿A quién se demanda?

Autolux S.A., representada por el Dr. Mario Rodolfo Alejandro Mallagray.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reintegro de $110.000 (diferencia de precio por la venta del vehículo usado entregado como parte de pago en la compra de un Toyota Corolla 0 km), más intereses y aplicación de daño punitivo; se alega alteración de formulario y falta de entrega de la diferencia por la venta del usado.

¿Qué se resolvió?

Rechazar la demanda; imponer costas por su orden; regular honorarios de profesionales y peritos conforme al dispositivo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Del análisis de las constancias obrantes en autos se advierte que la prueba producida resulta insuficiente para demostrar la existencia del acuerdo en los términos invocados en la demanda.

En efecto, la pericia caligráfica practicada por la Perito Ivana Noelia Chañi Martinez (fs. 178/182) sobre el formulario de preventa no permitió determinar si la leyenda consignada en el apartado “observaciones” fue incorporada con posterioridad a la firma del documento o si formaba parte del instrumento al momento de su suscripción. En consecuencia, dicha prueba no corrobora la afirmación del actor relativa a una eventual alteración posterior del documento.

Por lo tanto, no se encuentran reunidos los presupuestos fácticos ni jurídicos que permitan responsabilizar a la demandada conforme a la Ley 24.240.

La ausencia de prueba suficiente impide tener por acreditado el incumplimiento alegado y la relación causal necesaria para fundar la pretensión indemnizatoria, lo que autoriza el rechazo de la presente demanda."

Sobre costas y honorarios (extractos relevantes):

"Si bien la demanda será desestimada por insuficiencia probatoria para acreditar el incumplimiento alegado, ... la controversia suscitada encuentra su origen en una relación de consumo y en la existencia de interpretaciones divergentes ... Corresponde distribuir las costas en el orden causado."

"Conforme a ello, y teniendo en cuenta el monto reclamado (hoy son $655.153, menos el 30% por el art. 24 = $458.607), ... corresponde regular los honorarios ... $818.604 (18 UMA) ... distribuir: Dr. Rubén Fernando Farfán $409.302; Dra. Paula Fernanda Morales $409.302; Dr. Mario Rodolfo Alejandro Mallagray $818.604. Peritos: Juan Gilberto Ljungberg $450.232; Ivana Noelia Chañi Martinez $450.232."

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución aparece dictada por la Jueza Dra. Elba Rita Cabezas (sin disidencias consignadas); el bloque resolutivo final es el que manda.

Leyes que cita

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