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Cámara de Apelaciones

Ordinario por Daños y Perjuicios: Vega Juana Cristina c/ Gutierrez Marcia Vanesa e Integrity Seguros S.A..- Antecedentes y fundamentos: Que mediante escrito Nº2176122 se adjunta convenio transaccional firmado de forma hológrafa por los Dres. Jorge Ed

La actora promovió juicio ordinario por daños y perjuicios por el siniestro del 2 de abril de 2024 y las partes celebraron un convenio transaccional. La Cámara tuvo por presentado y tuvo presente el convenio, homologó la transacción por $100.000.000 y reguló honorarios a cargo de Integrity Seguros Argentina S.A. y del mandante según los importes consignados.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala IV-Vocalía 10 (JUJUY)
Fuero
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala IV-Vocalía 10
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
D-52360/2024
Convenio transaccional Danos y perjuicios Siniestro 02/04/2024 Homologacion Indemnizacion $100.000.000 Regulacion de honorarios Integrity seguros argentina s.a. Pesos $20.000.000 Pesos $14.000.000 Camara civil y comercial san pedro de jujuy

¿Quién es el actor?

Juana Cristina Vega (actora).

¿A quién se demanda?

Marcia Vanesa Gutiérrez (asegurada) e Integrity Seguros S.A. (citada en garantía).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños y perjuicios derivados de un siniestro ocurrido el 2 de abril de 2024.

¿Qué se resolvió?

La Cámara IV tuvo por presente y homologó el convenio transaccional suscripto por las partes que pone fin al proceso, disponiendo el pago de la suma total de PESOS CIEN MILLONES ($100.000.000) conforme a las cláusulas pactadas, y reguló honorarios para letrados y peritos por los montos indicados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Analizado: el expediente D-052360/24 caratulado: Ordinario por Daños y Perjuicios: Vega Juana Cristina c/ Gutierrez Marcia Vanesa e Integrity Seguros S.A..-"

"Que mediante escrito Nº2176122 se adjunta convenio transaccional firmado de forma hológrafa por los Dres. Jorge Eduardo Ale, apoderado de la actora Juana Cristina Vega y el Dr. Eduardo Gabriel Insausti apoderado de Integrity Seguros S.A., en el mismo manifiestan que han arribado a un acuerdo transaccional en los términos y alcances del artículo 1641 del CC y CN, que pone fin a la presente causa."

"No existiendo en el referido instrumento cuestiones que alteren o violen el orden público, corresponde tener presente el convenio redactado en los términos de los Arts. 1641,1642 y ss. del CC y CN."

Bloque dispositivo (transcripto parcialmente por su relevancia):

"PRIMERA: La parte actora reajusta su pretensión por todos los rubros indemnizatorios reclamados en este proceso a la suma total, única y definitiva de PESOS CIEN MILLONES ($ 100.000.000)."

"SEGUNDA: Esta indemnización incluye los daños y perjuicios que dice haber sufrido con motivo del siniestro de fecha 2 de abril de 2024."

"TERCERA: ... acepta el mencionado reajuste y ofrece abonar el importe mencionado en la cláusula PRIMERA a los 30 días de la firma del presente mediante depósito judicial ... en la cuenta judicial abierta en autos ..."

"CUARTA: ... una vez acreditada la transferencia aludida, nada más tendrá que reclamar por ningún concepto ... quedando íntegramente satisfecha su pretensión indemnizatoria."

"II.- Regular los honorarios del Dr. Jorge Eduardo Ale en la suma de PESOS VEINTE MILLONES ($20.000.000) a cargo de Integrity Seguros Argentina S.A.."

"Regular los honorarios del Dr. Jorge Federico Toril en la suma de PESOS CATORCE MILLONES ($14.000.000) a cargo de su mandante por no haber delegado la dirección del proceso en el letrado de la Aseguradora."

"Regular los honorarios del perito José Causarano en la suma de PESOS TRES MILLONES ($3.000.000) a cargo de Integrity Seguros Argentina S.A.."

"Regular los honorarios del perito Gabriel Marcelo Alemán en la suma de PESOS DOS MILLONES ($2.000.000) a cargo de Integrity Seguros Argentina S.A.."

¿Cómo votaron los jueces?

La decisión consta en el bloque dispositivo final firmado por el Juez de Cámara Horacio José Macedo Moresi y el Secretario de Primera Instancia Jimena Patricia Angel Tapia; el dispositivo es lo que rige como decisión del tribunal.

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