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Cámara de Apelaciones

ORDINARIO POR DAÑOS Y PERJUICIOS: TOCONAS JUAN CARLOS c/ BARRIOS, GINÉS; BARRIOS, DARÍO ERIC

Demandas por daños y perjuicios por siniestro vial contra el conductor del Chevrolet Classic y su titular registral. La Cámara condenó solidariamente a Darío Eric Barrios y a Gines Barrios al pago de los daños materiales (valor de mercado del Gol $12.086.700 y la reparación del Suran según presupuesto actualizado), rechazando reclamos de privación de uso, pérdida de valor venal y daño moral.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala II-Vocalía 5 (JUJUY)
Fuero
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala II-Vocalía 5
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-105424/2017
Accidente de transito Responsabilidad objetiva Embestidor Titular registral Dano emergente Destruccion total Perdida de valor venal (rechazado) Dano moral (rechazado) Costas Honorarios

¿Quién es el actor?

Juan Carlos Toconás y Cristian Román Medrano Ortíz.

¿A quién se demanda?

Darío Eric Barrios (conductor) y Gines Barrios (titular registral del vehículo Chevrolet Classic).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito ocurrido el 29/10/2017 — daño material de los vehículos (Volkswagen Gol AA-871-XM y Volkswagen Suran OCS-891), privación de uso, pérdida de valor venal, daño moral y gastos de reparación.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a ambas demandas en cuanto a la responsabilidad y al resarcimiento material concreto: a Toconás se le condenó solidariamente a percibir $12.086.700 por la destrucción total del Volkswagen Gol; a Medrano Ortíz se lo condenó solidariamente al monto que resulte de un presupuesto actualizado por la reparación del Volkswagen Suran. Se rechazaron los rubros de privación de uso (en el primer expediente), pérdida de valor venal (en ambos) y daño moral (en ambos). Se impusieron costas a los demandados vencidos y se regularon honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De la valoración conjunta de los elementos probatorios antes indicados entiendo que Darío Eric Barrios perdió el control de su rodado, invadiendo la mano contraria e impactando de frente contra el vehículo Volkswagen Gol y éste a su vez al Volkswagen Suran. Su culpa se patentiza por haber sido el embistente. Asimismo, no debe soslayarse la peligrosa conducta en que incurrió el accionado."

"De lo expuesto, llego a la conclusión que Darío Eric Barrios es el único y exclusivo responsable del evento dañoso. Esa responsabilidad se debe hacer extensiva al titular registral, Gines Barrios (Art. 1.758 del Código Civil y Comercial de la Nación), quienes responderán solidariamente."

(Dispositivo)

"I. Hacer lugar a la demanda promovida por Juan Carlos Toconás en contra de Gines Barrios y de Darío Eric Barrios, condenando a estos últimos a abonar al primero, en el plazo de diez días, en forma solidaria, la suma total de $12.086.700 (en concepto de daño emergente). Dicho importe, en caso de mora, llevará el interés establecido en los considerandos. Rechazar los rubros de privación de uso, pérdida de valor venal y daño moral.

II. Hacer lugar a la demanda promovida por Cristian Román Medrano Ortíz en contra de Gines Barrios y de Darío Eric Barrios, condenando a estos últimos a abonar al primero, en el plazo de diez días, en forma solidaria, el monto que se fijará en concepto de gastos de reparación conforme lo establecido en el considerando VI.2.a). Rechazar los rubros de pérdida de valor venal y daño moral."

¿Cómo votaron los jueces?

Sentencia unipersonal por la Vocalía 5; no se consignan votos en disidencia.

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