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Cámara de Apelaciones

DAÑOS Y PERJUICIOS: MARÍA DEL VALLE BELTRÁN C/VÍCTOR FABIÁN BARRIENTOS y ALEXIS MANUEL BARRIENTOS

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un siniestro vial contra el titular y conductor de una camioneta que embistió su vehículo. La Cámara hizo lugar a la demanda, condenó a los demandados y extendió la responsabilidad a la aseguradora hasta el tope de póliza, fundando la decisión en la pérdida del dominio del vehículo embistente y en la acreditación pericial de los daños y montos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala III-Vocalía 9 (JUJUY)
Fuero
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala III-Vocalía 9
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-241348/2024
Danos y perjuicios Accidente de transito Responsabilidad por cosas Perdida de dominio Pericia accidentologica Desvalorizacion Privacion de uso Aseguradora Condena Costas y honorarios. Observacion final: la sentencia admite y valora la pericial accidentologica como prueba central Rechaza la eximente por detencion abrupta por falta de prueba y aplica criterios de actualizacion e intereses para cada rubro Extendiendo la condena a la aseguradora hasta el limite de la poliza vigente al pago.

¿Quién es el actor?

Sra. María del Valle Beltrán, por conducto de la Dra. Yanina Velázquez.

¿A quién se demanda?

Sres. Víctor Fabián Barrientos (titular registral de la Toyota Hilux) y Alexis Manuel Barrientos (conductor al momento del siniestro). También fue citada en garantía PARANÁ S.A. DE SEGUROS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reparación integral por daños y perjuicios materiales, pérdida de valor venal, privación de uso, daño moral y daño psicológico por el siniestro vial ocurrido el 18 de julio de 2022 en Perico, que afectó el Chevrolet Corsa dominio GXY757.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda y se condenó a los Sres. Víctor F. Barrientos y Alexis M. Barrientos a pagar a la actora, en 10 días, la suma de $10.279.720 (capital), con intereses de tasa activa para el caso de incumplimiento; se impusieron costas a la demandada vencida; se regularon honorarios y se extendió la condena a PARANÁ S.A. DE SEGUROS hasta el límite de la cobertura.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, en relación a los hechos existe coincidencia en que siendo aproximadamente las 09,00 horas el día 18 de julio de 2022 la camioneta Toyota Hilux Dominio NQZ263 conducida por Alexis Manuel Barrientos embistió por alcance al vehículo Chevrolet Corsa Dominio GXY757 conducido en dicha oportunidad por el Sr. Pablo César Velázquez, en circunstancias en que ambos se trasladaban en sentido este-oeste por Avda. Malvinas Argentinas de la Ciudad de Perico, así surge de las declaraciones de los protagonistas ante la aseguradora en la etapa prejudicial y de las manifestaciones realizadas por las partes en el presente proceso, lo que se corrobora además con la restante prueba producida."

"Que, debo señalar a este respecto que, no ha sido acreditada por la demandada, ni evidencian las constancias de autos, la supuesta detención abrupta de la marcha en medio de la calle del vehículo de la actora con la que aquella pretende justificar la colisión y eximirse así de responsabilidad por imperio de la causal prevista en el art. 1731 del CCCN. Por lo que tal defensa no puede ser admitida, correspondiendo el reproche legal al conductor del vehículo de mayor porte por su total pérdida del dominio en la conducción y la ausencia del mantenimiento de la distancia de seguridad mínima, de acuerdo a la velocidad de marcha, atribuibles en tanto causa eficiente del siniestro vial y con ello del daño generado."

"Que, así el daño material ocasionado al vehículo, integrado por los repuestos y la mano de obra indicados supra, asciende a la suma de pesos cuatro millones trescientos sesenta y cinco quinientos ochenta y nueve ($4.365.589) al 13 de noviembre de 2024, fecha de presentación de la pericial. Considero que este rubro debe prosperar por ese monto, con la adición los intereses de la tasa activa desde su determinación hasta la fecha del presente pronunciamiento ($2.939.168) y, conforme arraigado criterio jurisprudencial, aplicar un interés del ocho (8%) por ciento anual desde la fecha del hecho (18-07-2022) hasta la determinación de aquel monto (18.64%) ($813.746), lo que arroja la suma de pesos tres millones setecientos cincuenta y dos mil novecientos catorce ($3.752.914) en concepto de intereses y un total de PESOS OCHO MILLONES CIENTO DIECIOCHO MIL QUINIENTOS TRES ($8.118.503) por dicho rubro."

"Que, en relación al pedido de desvalorización del rodado o pérdida del valor venal a raíz del accidente... analizado lo expuesto en su conjunto, teniendo en cuenta la incidencia del daño sobre el estado general del vehículo estimo la desvalorización en un 20% del valor de venta el automotor... total de PESOS UN MILLON CIENTO TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y SIETE ($1.381.577) por dicho rubro."

"Que, en suma, determinados los valores adecuados a cada rubro, corresponde hacer lugar a la demanda interpuesta por la Sra. MARÍA DEL VALLE BELTRÁN... condenando a estos últimos a abonar a la parte la actora en el término de DIEZ días la suma de PESOS DIEZ MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTE ($10.279.720) en concepto de capital."

¿Cómo votaron los jueces?

El bloque dispositivo final (firmado por la Vocalía 9) es el que dispone la resolución. No constan votos en disidencia en el texto provisto.

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