DAÑOS Y PERJUICIOS: ALCON CONDORI, RUTH ZONIA c/ MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
La actora demandó por daños y perjuicios derivados del siniestro y solicitó la reparación integral del vehículo, privación de uso y gastos extras. La Cámara fijó el monto de condena en $5.960.073,04, reguló honorarios profesionales y del perito y ordenó intereses conforme la Resolución BCRA Nº 01/26 (TIM).
¿Quién es el actor?
ALCON CONDORI, RUTH ZONIA.
¿A quién se demanda?
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios por daño al vehículo, privación de uso y gastos extraordinarios derivados de un hecho ocurrido el 01/04/2014; se concretaba la determinación del monto de condena y la regulación de honorarios ordenada por la sentencia de fecha 05/08/2024.
¿Qué se resolvió?
La Cámara fijó el monto de condena en PESOS CINCO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA MIL SETENTA Y TRES CON CUATRO CENTAVOS ($5.960.073,04), reguló los honorarios de la abogada de la actora en PESOS UN MILLÓN CIENTO NOVENTA Y DOS MIL QUINCE ($1.192.015.-) y los del perito en PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CUATRO ($298.004.-); ordenó el devengamiento de intereses desde la fecha de regulación hasta su pago según la Resolución Nº 01/26 del BCRA (TIM); las costas se mantienen a la demandada vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Daños sufridos por el vehículo
a) Capital……………………………..$2.504.245,85
b) Intereses 8% anual
desde 01.04.14 hasta presupuesto 29.09.25
(11 años, 5 meses) = 92%...........................................$2.303.906,18
c) Intereses TIM
desde 29.09.25 al 08.05.26……………………..……...$ 602.084,93
Total x reparación vehículo……………………………..$5.410.236,96"
"2.- Privación de uso
...
Total x privación de uso………………………………..….$119.778,89"
"3.- Gastos extra por interposición demanda
...
Total x gastos extras..……………………………..………………$430.057,19"
"Teniendo en cuenta el monto de condena que surge de sumar los rubros acogidos ($5.960.073,04), la complejidad, la responsabilidad, el resultado, aplicando los arts. 16, 17, 23, 24 de la Ley 6368 de Honorarios para Abogados y Procuradores de la Provincia de Jujuy, se fijan los honorarios de la DRA. GRACIELA MABEL GARZON en el 20%, es decir, en la suma de PESOS UN MILLON CIENTO NOVENTA Y DOS MILQUINCE ($1.192.015.-), con más IVA en caso de corresponder, los que deberán ser satisfechos dentro de los cinco días quedar firme el auto regulatorio (art. 61 Ley 6368)."
"En cuanto a los honorarios del PERITO INGENIERO AGRONOMO CARLOS GREGORIO TORRES, resulta ajustado a derecho fijarlos conforme lo normado por la Acordada nº 114/16, en la suma de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CUATRO ($298.004.-) (5%), con más IVA en caso de corresponder."
"RESUELVE:
1.- Establecer como monto de condena la suma de PESOS CINCO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA MIL SETENTA Y TRES CON CUATRO CENTAVOS ($5.960.073,04), conforme lo explicado en los considerandos.
2.- Regular los honorarios profesionales de la DRA. GRACIELA MABEL GARZON en la suma de PESOS UN MILLON CIENTO NOVENTA Y DOS MILQUINCE ($1.192.015.-), con más IVA en caso de corresponder, los que deberán ser satisfechos dentro de los cinco días quedar firme el auto regulatorio (art. 61 Ley 6368).
3.- Regular los honorarios del PERITO INGENIERO AGRONOMO CARLOS GREGORIO TORRES, en la suma de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CUATRO ($298.004.-), con más IVA en caso de corresponder.
4.- Dichos montos devengarán desde la fecha de regulación hasta su efectivo pago, el interés que se calculará conforme los términos de la Resolución Nº 01/26 del Banco Central de la República Argentina (TIM).
5.- Las costas ya fueron impuestas a la demanda vencida.
6.- Registrar, protocolizar, agregar copia en autos y notificar por cédula. Dar intervención a Rentas y Capsap."
¿Cómo votaron los jueces?
La sentencia aparece suscripta por el Vocal titular de la Vocalía 2 (Dr. José Alejandro Lopez Iriarte); no constan votos en disidencia.
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