Ordinario por Daños y Perjuicios Tejerina Nelida Claudia c/ Torres Domingo, Coca Gustavo Rolando y Agrosalta Cooperativa de Seguros Limitada.- Acta de audiencia y sentencia oral En la sala de audiencias del Centro Judicial de San Pedro de Juju
La actora demandó por daños y perjuicios y pidió condena solidaria contra los conductores y la aseguradora. La Cámara hizo lugar a la demanda y condenó solidariamente a Domingo Torres, Gustavo Rolando Coca y a Agrosalta Cooperativa de Seguros Limitada al pago de $22.740.576, además de regular honorarios y costas.
¿Quién es el actor?
Nélida Claudia Tejerina.
¿A quién se demanda?
Domingo Torres; Gustavo Rolando Coca; y en garantía Agrosalta Cooperativa de Seguros Limitada.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Demanda ordinaria por daños y perjuicios.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda. Se condenó de forma solidaria a Domingo Torres y a Gustavo Rolando Coca a pagar a la actora la suma de PESOS VEINTIDÓS MILLONES SETECIENTOS CUARENTA MIL QUINIENTOS SETENTA Y SEIS ($22.740.576) en el plazo de 10 días; se hizo extensiva la condena a Agrosalta Cooperativa de Seguros Limitada. Se impusieron costas a los demandados vencidos y se regularon honorarios a profesionales y perito por los montos consignados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El Juez de Cámara actuante dicta sentencia verbal por la cual resolvió:
1.- Hacer lugar a la demanda interpuesta por Nélida Claudia Tejerina y en su mérito condenar de forma solidaria a Domingo Torres y a Gustavo Rolando Coca a pagar a la actora en el plazo de 10 días la suma de PESOS VEINTIDÓS MILLONES SETECIENTOS CUARENTA MIL QUINIENTOS SETENTA Y SEIS ($22.740.576). En caso de mora en el pago de la suma de condena dicho monto devengará intereses a la tasa activa del Banco de la Nación Argentina desde a fecha de esta sentencia y hasta el efectivo pago.
2.- Hacer extensiva la condena a Agrosalta Cooperativa de Seguros Limitada.
3.- Imponer las costas a los demandados vencidos Domingo Torres y Gustavo Rolando Coca de forma solidaria y se hacen extensivas a Agrosalta Cooperativa de Seguros Limitada.-
4.- Regular al Dr. Saul Nelson David Vazquez la suma de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO QUINCE ($4.548.115).
A la Dra. Silvia Alejandra Arias la suma de PESOS TRES MILLONES CIENTO OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y UNO ($3.183.681).
Al perito Lic. Silvio Ricardo Humacata la suma de PESOS SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL ($683.000).-
5.- Los honorarios regulados serán más IVA en caso de corresponder previa acreditación de la condición fiscal y deberán ser abonados en el plazo de cinco días. -
6.- La perito, podrá percibir los honorarios de cualquiera de las partes debiendo intimar su pago previamente a su ejecución.-
7.- En caso de mora en el pago de los montos regulados, dichas sumas devengarán intereses a la tasa activa del Banco de la Nación Argentina desde la fecha de la presente sentencia y hasta el efectivo pago. -
8.- Notificar a las partes, a los organismos pertinentes y a los peritos. -"
(No constan votos en disidencia; la resolución es la voz del Juez de Cámara que dicta sentencia verbal en audiencia.)
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