Daños y Perjuicios: Flores Brian Nicolás c/ Cachizumba Jesús Javier y Ruiz María Susana
El actor reclamó indemnización por daños y perjuicios que culminó en un convenio transaccional por $10.000.000. La Cámara reguló los honorarios del perito médico en $500.000 (5% sobre el convenio), con intereses y a cargo de la parte demandada para preservar la integridad de la indemnización.
¿Quién es el actor?
Flores Brian Nicolás.
¿A quién se demanda?
Cachizumba Jesús Javier y Ruiz María Susana.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios; acción principal culminada mediante convenio transaccional por $10.000.000 (cláusula tercera del convenio presentado el 21/8/26).
¿Qué se resolvió?
Se regulan y ordenan pagar los honorarios del perito médico Rubén Rivera en la suma de $500.000, más intereses desde la fecha de la resolución y más IVA si correspondiera; dichos honorarios deberán ser soportados por la parte demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"1. En fecha 21/8/26 el Dr. Juan Zenarruza presenta convenio transaccional mediante el cual acordaron la suma de $10.000.000 en concepto de indemnización a favor del actor (clausula tercera).
Posteriormente, el Perito medico Rubén Rivera solicita la regulación de sus honorarios (escrito Nº 2266224 del 31/8/26).
2. En consecuencia, corresponde regular los honorarios profesionales del Perito interviniente en autos, conforme acordada del STJ Nº 114/16, atendiendo a la importancia de la labor efectivamente cumplida y la diligencia puesta en el presente proceso a los fines de realizar la pericia encomendada, sobre la base económica firme (convenio).
De esta manera, se regulan los honorarios del Perito Rubén Rivera en la suma de $500.000 (5%) por la pericia médica del 1/10/24 y contestación de observaciones del 19/11/25.
Dicha suma devengará el interés de la tasa activa del Banco Nación de conformidad al criterio establecido por el STJ en la causa Zamudio c/ Achi, desde la fecha de la presente resolución y hasta su efectivo pago, más IVA si correspondiere.
3. Los honorarios regulados al perito deberán ser soportados por la parte demandada, atento que la causa finalizó por medio de un acuerdo de pago y para preservar la integridad de la indemnización."
¿Cómo votaron los jueces?
No consta disidencia en el texto provisto; la resolución está firmada por la Juez titular de la Vocalía 1 (Cabezas, Elba Rita).
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