DAÑOS Y PERJUICIOS: ALCON CONDORI, RUTH ZONIA C/ MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
La actora promovió demanda por daños y perjuicios contra la Municipalidad de San Salvador de Jujuy por daños al vehículo, privación de uso y gastos extras. La Cámara hizo lugar a la aclaratoria presentada por la Municipalidad, corrigió el cálculo de intereses conforme a la TABN y fijó el nuevo monto de condena en $5.841.676,92, además de readecuar honorarios.
¿Quién es el actor?
ALCON CONDORI, RUTH ZONIA (actora).
¿A quién se demanda?
Municipalidad de San Salvador de Jujuy.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios derivados de un hecho dañoso que afectó un vehículo; incluye reparación del vehículo, privación de uso y gastos extras por interposición de la demanda.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la aclaratoria interpuesta por la representación de la Municipalidad y se corrigió un error material en el cálculo de intereses: se procedió al recálculo aplicando intereses del 8% anual desde cada fecha de obligación hasta el decisorio correspondiente y, desde entonces hasta el efectivo pago, intereses a la tasa pasiva del Banco de la Nación Argentina (TABN). Como consecuencia se fijó el monto de condena en PESOS CINCO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS ($5.841.676,92) y se readecuaron honorarios de la letrada (Dra. Graciela Mabel Garzon: $1.168.335) y del perito Ing. Agrónomo Carlos Gregorio Torres ($292.084), con más IVA si corresponde.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"3) En atención al planteo formulado, le asiste razón a la Dra. López, ya que surge de la sentencia definitiva de fecha 05 de agosto de 2024, que en el punto 1º) del resuelve estableció que los montos indemnizatorios calculados llevarían los intereses del 8% anual desde la fecha del hecho, o desde la de cada desembolso hasta la del decisorio que lo determine, y de allí en más y hasta el efectivo pago, sobre el capital puro, los intereses a la tasa pasiva que cobra el Banco de la Nación Argentina conforme doctrina legal sentada por el Superior tribunal de Justicia en los autos Zamudio c. Achi, lo que no fue aplicado de la forma establecida en la sentencia ahora impugnada.
Siendo así, corresponde aclarar la sentencia dictada el 12 de mayo de 2026 y en consecuencia, realizar un nuevo cálculo de los intereses devengados con la TABN y desde las fechas en que cada obligación fue debida, conforme las pautas dadas en la sentencia de fecha 05 de mayo de 2024."
"De modo tal, se establece como monto de condena por los rubros que fueron acogidos en la sentencia del 05 de agosto de 2024, la suma de PESOS CINCO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS CON NOVENTA y DOS CENTAVOS ($5.841.676,92)."
"II.- Corresponde ahora, readecuar la retribución de la letrada y del perito que actuaron en la cuasa, a la nueva determinación del monto de condena.
Teniendo en cuenta ello, se fijan los honorarios de la DRA. GRACIELA MABEL GARZON, en la suma de PESOS UN MILLON CIENTO SESENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO ($1.168.335.-) y los del Perito Ingeniero Agrónomo CARLOS GREGORIO TORRES en la suma de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL OCHENTA Y CUATRO ($292.084.-), con más IVA en caso de corresponder."
¿Cómo votaron los jueces?
la parte dispositiva final consigna la resolución del Vocal Titular; no se advierten votos en disidencia consignados en el texto provisto.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.