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Cámara de Apelaciones

Contencioso Administrativo de Plena Jurisdicción: Toconas Javier Gonzalo c/ Comisión Municipal Hipólito Irigoyen

El actor promovió acción contencioso administrativa reclamando derechos laborales frente a la Comisión Municipal de Hipólito Irigoyen. La Sala I tuvo por celebrado y homologó el convenio transaccional celebrado entre las partes, registrándolo y protocolizándolo con los efectos señalados en los considerandos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal Contencioso Administrativo-Sala I-Vocalía 1 (JUJUY)
Fuero
Tribunal Contencioso Administrativo-Sala I-Vocalía 1
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-195068/2022
Honorarios Homologacion Contencioso administrativo Convenio transaccional Renuncia a reclamos Decreto municipal Art. 1643 ccycn Registro y protocolizacion Designacion como personal de planta permanente Arts. 316/317 cpc

¿Quién es el actor?

Javier Gonzalo Toconas.

¿A quién se demanda?

Comisión Municipal de Hipólito Irigoyen.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo vinculado con relación de empleo/regularización como personal de planta permanente y haberes reclamada; en autos se arribó a un convenio transaccional sobre los conceptos reclamados.

¿Qué se resolvió?

La Sala I tuvo presente el acuerdo transaccional celebrado entre las partes, dispuso su registro y protocolización y ordenó hacer saber, con los efectos consignados en los considerandos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"…PRIMERA: Sin reconocer hechos ni derechos y al solo efecto de arribar a un acuerdo que ponga fin al diferendo en estos autos, las partes manifiestan que han arribado a un convenio transaccional en los términos de los arts. 316 y 317 del C.P.C.C. y 1643 del C.C.C.N., sobre los conceptos reclamados por el Sr. JAVIER GONZALO TOCONAS: La Comisión Municipal de Hipólito Irigoyen ha dispuesto mediante Decreto Nº 31-PECMHI-2026 de fecha 26 de Mayo del 2026, Designar a partir del 01 de Junio de 2026 al Sr. Javier Gonzalo Toconás, DNI. Nº 35.827.2736 como personal de planta permanente, categoría 10 en el escalafón de servicios administrativos, conforme Ordenanza 10-CMHI-2020, estando a la fecha el Sr. Toconas debidamente notificado del mencionado Decreto.-

SEGUNDA: El Sr. JAVIER GONZALO TOCONAS acepta su designación como personal de planta permanente en la categoría y escalafón a partir de la fecha consignada en el Decreto Nº 30-PECMHI-2026, renunciando expresamente a reclamar el pago de los haberes caídos y sus intereses.

TERCERA: Una vez incorporado como personal de plante permanente el Sr. TOCONAS declara que nada tendrá para reclamar a la COMISION MUNICIPAL DE HIPOLITO IRIGOYEN, por ningún concepto relacionado con el conflicto de marras.-

CUARTA: Los honorarios del Dr. LEO JAVIER NAVARRO por su actuación en este juicio serán a cargo de la parte demandada.

QUINTA: Por tratarse de una justa composición de intereses, ambas partes solicitan la homologación del presente convenio, el cual debe entenderse como un todo indivisible y con los efectos previstos en el art. 316 y 317 del C.P.C.C. y 1643 del C.C.C.N.-…".

Asimismo, el tribunal fundamenta su decisión en lo normado por los artículos 1641 y 1644 del Código Civil y Comercial de la Nación, el artículo 316 del Código Procesal Civil y Comercial y doctrina del Superior Tribunal de Justicia citada en autos, concluyendo que "sólo cabe tener presente el acuerdo."

¿Cómo votaron los jueces?

No existen votos en disidencia consignados.

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