Ejecución de Sentencia en expte. Nº C-159.192/19: López Armata Sebastián Guillermo c/ Estado Provincial - Gobierno de la Provincia
El actor promovió incidente de ejecución de sentencia solicitando el pago de diferencias de haberes y la imposición de astreintes contra el Estado Provincial. La Sala I del Tribunal Contencioso Administrativo declaró la improcedencia de la ejecución por entender que la manda judicial ya fue cumplida (Decreto Nº 8397-MS-2023 y Resolución Nº 259-B-2023) y que se remitió a ANSES la documentación para el pago.
¿Quién es el actor?
Sebastián Guillermo López Armata, representado por la Dra. Silvana Soledad Pabloff.
¿A quién se demanda?
Estado Provincial (Provincia de Jujuy).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Incidente de ejecución de sentencia que solicita que el Estado Provincial cumpla el punto 2 de la sentencia principal (expte. Nº C-151.192/19), ordenando el pago de diferencias de haberes por cambio de causal de retiro, con imposición de astreintes y exigencia de planilla de liquidación con intereses; además, remisión al Departamento Contable o a ANSES para su pago.
¿Qué se resolvió?
Declaró la improcedencia de la ejecución intentada por el actor; impuso costas por el orden causado y reguló honorarios para la letrada del actor en $153.558, con intereses conforme la tasa activa del BNA y con IVA si corresponde.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Del examen de las actuaciones antes mencionadas, surge claro que el Estado Provincial dio cumplimiento con la manda judicial, en tanto acredita, por una parte, el dictado del acto administrativo -Decreto Nº 8397-MS-2023 de fecha 04/06/23- acompañado en escrito digital Nº 800158 de fecha 31/07/23; como asimismo la Resolución Nº 259-B-2023 de fecha 26/09/23 emitida por la Unidad de Control Previsional (UCP), que determina el nuevo haber del agente y aprueba la planilla de liquidación de las diferencias salariales (fojas 167 y vta. de expte. administrativo) que asciende a la suma de $ 2.456.758,39, conforme constancias administrativas Nº 740-204-L-2021 (agregadas en formato pdf con escrito digital de fecha 06/03/24, y por otra parte, acredita la remisión de dichas actuaciones a la ANSES según constancias de Acta Notarial adjuntas en escrito digital de fecha 14/03/24 (Nº 1123387)."
"En providencia de fecha 22/04/24 se tuvo por cumplida la manda judicial, y se hizo saber al actor que, a los fines del pago de las diferencias, debía ocurrir por la vía y forma que corresponde, esto es, ante la ANSES. Corresponde señalar que dicha providencia no mereció objeciones del Sr. López Armata, por lo que se encuentra firme y consentida."
"Admitir la pretensión del ejecutante en esta instancia, sería obligar al Estado Provincial a cumplir con una obligación a la que no fue condenado, y como consecuencia, ello implicaría en los hechos una modificación lisa y llana de la sentencia recaída en la causa, violentando así la garantía constitucional de defensa en juicio."
¿Cómo votaron los jueces?
La decisión se expresa en el dispositivo final firmado por los Sres. Jueces Fernandez y Casas (Sala I), sin disidencias registradas en el dispositivo.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.