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Cámara de Apelaciones

AMPARO POR MORA: CASAZOLA, JONATAN LEONEL ALBERTO Y OTROS C/ MUNICIPALIDAD DE SANTA CLARA

Los actores promovieron amparo por mora contra la Municipalidad de Santa Clara reclamando que se emita el acto administrativo que materialice despidos y el pago de rubros salariales. El Tribunal rechazó la acción por improcedente para la vía del amparo por mora y confirmó que la vía adecuada para reclamar remuneraciones es la ordinaria; además impuso costas y reguló honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal Contencioso Administrativo-Sala I-Vocalía 2 (JUJUY)
Fuero
Tribunal Contencioso Administrativo-Sala I-Vocalía 2
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-290719/2025
Amparo por mora Improcedencia Via administrativa Remuneraciones Despido Municipalidad de santa clara Costas Honorarios $409.488 Jurisprudencia Tribunal contencioso administrativo

¿Quién es el actor?

Eliana Buradillo; Jonatan Leonel Alberto Casazola; Alberto Julián Cruz; David Benjamín Cuello; Juana Valeria Díaz; María Viviana Guevara; Mariana Elizabeth Isasmendi; Irina Elizabeth López; Carmen Estela Mamani; Esteban Sebastián Miranda; Yuliana Abigail Oña González; Mariela Del Valle Paz; Analía Quispe; Nora Elizabeth Rodríguez; Mabel Virginia Tarifa; Georgina Jaquelina Vega; Geovana Soledad Vega; Soledad Patricia Villafañe y Virginia Marisel Villafañez (representados por el Dr. Gonzalo Esteban Scardigli).

¿A quién se demanda?

Municipalidad de Santa Clara (representada por la Dra. Brenda Micaela Portal Bukert).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de amparo por mora para que la Municipalidad emita el acto administrativo que formalice los despidos y para obtener pronunciamiento y pago de rubros salariales e indemnizaciones alegadas en reclamos administrativos previos.

¿Qué se resolvió?

Rechazar la demanda de amparo por mora; imponer las costas a la parte actora; regular honorarios profesionales en $409.488 para cada letrado, con interés de uso judicial y IVA si corresponde. Sentencia unánime (votos de Casas y Fernández).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En cualquiera de los dos casos la acción se revela improcedente por cuanto no se avizora la lesión al derecho tutelado por la vía judicial del amparo por mora."

"Efectivamente, tal como lo tiene sentado de antaño este Tribunal de grado y la Suprema Corte de Justicia en su anterior denominación e integración, existe óbice formal para que la pretensión en tratamiento sea deducida a través de esta vía constitucional extraordinaria. Así, se ha dicho:

'… Por último, en orden a la falta de resolución de cuestiones planteadas como es la liquidación y pago de los proporcionales por insalubridad reclamados por el actor, es preciso dejar sentado que la vía procesal del amparo elegida no es la correcta, ya que es del caso reiterar en esta oportunidad que esta acción ha sido consagrada para restablecer el derecho vulnerado, y no perseguir el reclamo de remuneraciones salariales' (STJ, Libro de Acuerdos Nº 49, Fº 500/503, Nº167)."

"Es por lo expuesto que corresponde rechazar la acción de amparo por mora impetrada en autos, con costas a su promotora."

¿Cómo votaron los jueces?

La Dra. Fernández adhirió al voto del Dr. Casas; no hubo disidencia.

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