JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

Exclusión de Tutela Sindical/ Desafuero: Municipalidad de San Salvador de Jujuy c/ Cárdenas Claudia Cristina

La Municipalidad de San Salvador de Jujuy promovió acción de exclusión de tutela sindical contra Claudia Cristina Cárdenas solicitando habilitar la facultad disciplinaria del empleador. La Sala I del Tribunal en lo Contencioso Administrativo hizo lugar a la acción por verosimilitud de los hechos invocados y ordenó imponer costas y regular honorarios por $804.300,00.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal Contencioso Administrativo-Sala I-Vocalía 1 (JUJUY)
Fuero
Tribunal Contencioso Administrativo-Sala I-Vocalía 1
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-301523/2026
Exclusion de tutela sindical Ley 23.551 Articulo 52 Verosimilitud de hechos Sumario administrativo Municipalidad de san salvador de jujuy Delegado gremial Costas Honorarios Uma

¿Quién es el actor?

Municipalidad de San Salvador de Jujuy, representada por la Dra. María Florencia Flores Andrés.

¿A quién se demanda?

Claudia Cristina Cárdenas, empleada municipal, delegada gremial de UPCN.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de exclusión de tutela sindical conforme artículo 52 de la Ley 23.551 para poder instruir sumario y ejercer facultades disciplinarias previstas en el Estatuto del Empleado Público (Ley 3161/74) respecto de la agente.

¿Qué se resolvió?

Hacer lugar a la acción de exclusión de tutela sindical. Imponer las costas por el orden causado y regular honorarios de la Dra. Alicia Susana Garzón en $804.300,00 (15 UMA de $53.620 cada una), con intereses y IVA si correspondiera.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En el sistema de protección resulta fundamental entonces la necesidad de solicitar la resolución judicial previa que excluya de tutela al empleado. La tutela debe ser levantada por tribunal competente para que el empleador pueda ejercer, respecto del trabajador garantido, las facultades de organización, dirección, disciplina y modificación de los aspectos coyunturales de la relación."

"El artículo 52 de la ley 23551, establece: 'Los trabajadores amparados por las garantías previstas en los artículos 40, 48 y 50 de la presente ley, no podrán ser suspendidos, despedidos ni con relación a ellos podrán modificarse las condiciones de trabajo, si no mediare resolución judicial previa que los excluya de la garantía, conforme al procedimiento establecido en el artículo 47'."

"En este sentido también se ha expedido nuestro más Alto Tribunal, dejando expuesto que: '…la sentencia del Tribunal del Trabajo que declara la exclusión de la tutela sindical de los trabajadores amparados por las garantías de los artículos 40, 48 y 50 de la ley 23.551 con arreglo a lo prescripto por los artículos 52 de dicha ley y 30 del decreto reglamentario 467/88, no es definitiva en el concepto de los artículos 278 y 296 del Código Procesal, porque no decide sobre la suerte o existencia del derecho de fondo debatido al comprender sólo el primer tramo del procedimiento legalmente instituido para la dilucidación del derecho afectado...'"

Valoración probatoria y conclusión del tribunal (textos transcritos):

"Del análisis de los elementos probatorios incorporados, surge que efectivamente la Sra. Claudia Cristina Cárdenas es personal de planta permanente... de fojas 12/15 la Dirección de Recursos Humanos informa la situación de la agente Cárdenas, '…de su legajo personal se observa que la citada agente es delegada gremial de UPCN (Unión de Personal Civil de la Nación) con mandato vigente desde el 24/11/25 al 24/11/27.'"

"Bajo tal orden de ideas, propicio hacer lugar a la demanda de exclusión de tutela sindical articulada por la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, en contra de Claudia Cristina Cárdenas."

¿Cómo votaron los jueces?

Ambos votos (Dra. Ruth Alicia Fernández y Dr. David Jorge Casas) adhieren a la solución de hacer lugar; no se registran votos en disidencia.

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.