ALIMENTOS: M., A. V. C/ T., M. N
La actora promovió juicio abreviado por alimentos solicitando cuota alimentaria para sus dos hijos menores. El Juzgado de Familia hizo lugar a la demanda y fijó cuota alimentaria definitiva del 30% de los haberes del progenitor, más asignaciones y SAC, imponiendo además costas al alimentante y regulando honorarios.
¿Quién es el actor?
Sra. A. V. M., con patrocinio de la Dra. Carla Abigail Cortez.
¿A quién se demanda?
Sr. M. N. T., empleado de la Facultad de Ciencias Agrarias de la Provincia de Jujuy.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Juicio abreviado por alimentos a favor de los hijos menores M. G. T. y A. T.; se solicitó cuota alimentaria del 40% sobre los haberes del demandado.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la demanda y se fija CUOTA ALIMENTARIA DEFINITIVA del TREINTA POR CIENTO (30%) de todos los haberes que percibe el demandado, previas deducciones de ley, más asignaciones familiares y SAC; cada progenitor asumirá el 50% de los gastos extraordinarios; costas a cargo del alimentante; honorarios de la abogada de la actora regulados en $505.134.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Conforme a ello y teniendo por acreditada la vocación alimentaria de los hijos, corresponde hacer lugar a la acción, fijando una Cuota Alimentaria Definitiva a favor de los menores, M. G. T. Y A. T., del TREINTA POR CIENTO (30%) que por todo concepto percibe el Sr M. N. T., previas deducciones de Ley, más Asignaciones familiares y SAC. como empelado dependiente de la FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS DE LA PROVINCIA DE JUJUY. Dichos montos deberán ser depositados en la cuenta que se encuentra abierta y como perteneciente a los presentes obrados, los que deberán ser abonados a la Sra. A. V. M., con la sola presentación de su Documento Nacional de Identidad. Asimismo, disponer que cada progenitor asumirá el costo del CINCUENTA POR CIENTO (50%) de los alimentos extraordinarios que requieran los menores, previamente consensuado por los mismos, atento al interés superior que los ampara."
"Por todo ello; el JUZGADO UNIPERSONAL Nº 4 DE FAMILIA:
RESUELVE:
I.- Hacer lugar a la demanda promovida por la Sra. A. V. M., DNI Nº..., en contra del Sr. M. N. T., DNI Nº..., y fijar como CUOTA ALIMENTARIA DEFINITIVA a favor de sus hijos, M. G. T., DNI Nº... Y A. T., TREINTA POR CIENTO (30%) que por todo concepto percibe el Sr. M. N. T., previas deducciones de Ley, más Asignaciones familiares y SAC, como empelado dependiente de la FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS DE LA PROVINCIA DE JUJUY. Dichos montos deberán ser depositados en la cuenta que se encuentra abierta y como perteneciente a los presentes obrados, los que deberán ser abonados a la Sra. A. V. M., DNI Nº..., con la sola presentación de su Documento Nacional de Identidad.
II.- Disponer que ambos progenitores asumirán el costo del cincuenta por ciento (50%) de los alimentos extraordinarios que requieran los menores, M. G. T., DNI Nº... y A. T., DNI Nº... previamente consensuado por los mismos, atento al interés superior que los ampara.
III.- Las costas se imponen al alimentante. (art.128 del C.P.C.)
IV.- Regular los honorarios profesionales de la Dra. CARLA ABIGAIL CORTEZ, en la suma de PESOS QUINIENTOS CINCO MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO, ($ 505.134=), de conformidad a los considerandos
V.- Regístrese, agréguese copia en autos y notifíquese por cédula."
¿Cómo votaron los jueces?
Sentencia unipersonal firmada por el Juez del Tribunal de Familia Eliazarian, Estrella Anahid; no constan votos en disidencia.
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