ALIMENTOS: A., M. Y. c/ A. C. , S. T
Demanda de alimentos presentada por la madre a favor de su hija menor solicitando cuota alimentaria. El Juzgado hizo lugar a la demanda y fijó cuota definitiva del 20% sobre los haberes del padre (empleado en CONTRERAS S.A.), con alternativa del 25% del SMVM si no trabaja en relación de dependencia, ordenando retenciones y depósitos judiciales.
¿Quién es el actor?
Sra. M. Y. A. (madre y representante de la menor), con patrocinio de la Dra. Maria Soledad MAROCCO; posteriormente interviene la Defensora Pública Dra. Mónica Valeria CABELLO.
¿A quién se demanda?
Sr. S. T. A. C. (progenitor).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Demanda de alimentos a favor de la hija menor F. M. Y. A. A.; se solicitó cuota provisoria y que se fije cuota definitiva en 20% o, si no hay relación de dependencia, sobre el SMVM.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se impuso cuota alimentaria definitiva equivalente al VEINTE POR CIENTO (20%) sobre los haberes que perciba el Sr. S. T. A. C. como personal dependiente de la Empresa CONTRERAS S.A. o de cualquier otro empleador; en caso de no hallarse en relación de dependencia, la cuota será el VEINTICINCO POR CIENTO (25%) del Salario Mínimo Vital y Móvil. Se ordenaron retenciones y depósitos en Cuenta Judicial, se libraron oficios a empleador y banco, se impusieron las costas al demandado, se regularon honorarios de los letrados ($481.080 para la Dra. MAROCCO y $336.756 para el Dr. GRAMAJO) y se concedió justicia gratuita definitiva a la actora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que, en relación al quantum de la cuota alimentaria para F. M. Y. A. A. DNI N° ..., habiéndose el accionado allanado al porcentaje solicitado por la actora, conforme escrito digital N°1442359 y los elementos facticos y probatorios incorporados en la causa, y corresponde disponer una cuota alimentaria equivalente al VEINTE POR CIENTO (20%) de lo que por todo concepto percibe el Sr. S. T. A. C. (DNI N°...) como personal dependiente de la Empresa Contreras S.A con domicilio en Av. ... de la ciudad de Libertador General San Martin, a favor de su hija F. M. Y. A. A. DNI N° ... o de cualquier otro empleador bajo el cual preste sus labores, teniendo la carga de denunciarlo inmediatamente cuando su situación laboral se modifique. Debiendo dichos montos retenerse y depositarse en Cuenta Judicial N° ... CBU ..., a la orden de esta proveyente y como pertenecientes a los presentes obrados."
"Que, a los fines de salvaguardar el derecho alimentario de la menor de edad protagonista de autos, y en atención a la gravedad que implicaría que el mismo no se hiciera efectivo o dejara de percibirse, cualquiera fuera la causa, y en atención a las facultades otorgadas a esta proveyente por los arts. 1, 2, 3, 706, 709 y cctes. del Código Civil y Comercial, es que se hace necesario establecer que en el caso de que el demandado no se encontrara trabajando en relación de dependencia, corresponde un porcentaje equivalente al VEINTICINCO por ciento (25%), del Salario Mínimo Vital y Móvil, que deberá depositar mensualmente -actualizado- en forma personal en Cuenta Judicial N° ... - CBU ..., a la orden de esta proveyente y como pertenecientes a los presentes obrados, del 01 al 10 de cada mes."
Texto dispositivo final (transcripción literal de la parte resolutiva que prevalece):
"RESUELVO:
I. Hacer lugar a la presente demanda de alimentos deducida por la Sra. M. Y. A. DNI N° ..., en contra del Sr. S. T. A. C. DNI N° ..., a favor de su hija F. M. Y. A. A. DNI N° ...
II. Determinar como cuota alimentaria definitiva la suma equivalente al VEINTE POR CIENTO (20%) sobre los haberes que por todo concepto perciba el Sr. S. T. A. C. DNI N° ... a favor de su hija F. M. Y. A. A. DNI N° ..., como personal dependiente de la Empresa CONTRERAS S.A., o de cualquier otro empleador bajo el cual preste sus labores..."
¿Cómo votaron los jueces?
No se consignan votos en disidencia en el proveído; la resolución se dicta por el juez del Juzgado Unipersonal y el bloque dispositivo final es lo resuelto.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.