JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

ALIMENTOS: G., M. J. Y. C/ S., M. F

La progenitora demandó una acción de alimentos en representación de sus hijos menores solicitando una cuota equivalente al 40% de los haberes del progenitor. La Vocalía Unipersonal N°4 hizo lugar parcialmente y fijó la cuota definitiva en el 30% de los haberes, con una cuota subsidiaria del 50% de la Canasta de Crianza de la DIPEC ante contingencias laborales.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal de Familia-Sala II-Vocalía 4 (JUJUY)
Fuero
Tribunal de Familia-Sala II-Vocalía 4
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-277053/2025
Costas Obra social Cuota alimentaria Alimentos Menores Responsabilidad parental Juzgado de familia Cuota subsidiaria Canasta de crianza dipec Decaimiento del derecho a contestar.

¿Quién es el actor?

La Sra. M. J. Y. G., en representación de sus hijos menores F. I. S. (8 años) y M. G. S. (7 años), por intermedio del Dr. Raúl Ildefonso Delgado.

¿A quién se demanda?

Sr. M. F. S., progenitor de los menores.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Fijación de cuota alimentaria definitiva equivalente al 40% de los haberes del demandado (más obra social, SAC, asignaciones familiares) y cuota provisoria en igual porcentaje; pedido de justicia gratuita y demás medidas.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la pretensión pero se fija la cuota alimentaria definitiva en el 30% de los haberes del alimentante, con carácter subsidiario una cuota del 50% de la Canasta de Crianza publicada por DIPEC en caso de contingencia laboral; obra social íntegra y continua para los hijos; extraordinarios a cargo 50% por progenitor; costas a cargo del alimentante; regulación de honorarios diferida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, habiendo sido legalmente notificado, el accionado no se presentó en autos a estar a derecho en plazo legal, por lo que corresponde tener por ciertos los hechos lícitos invocados por la actora (art. 450 inc. 1 del CPCC)."

"Es importante señalar que la obligación alimentaria en favor de los hijos debe entenderse como parte de los deberes y derechos derivados de la responsabilidad parental, tal como lo establecen los artículos 638, 646 y 658 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCCN). Dicha responsabilidad se encuentra acreditada en autos mediante las partidas de nacimiento de los niños acompañadas en el escrito N° 1804612, de las cuales surge que el Sr. M. F. S. es progenitor de F. I. y M. G., lo que determina su carácter de titular de la responsabilidad parental y, en consecuencia, su deber de contribuir a la satisfacción de las necesidades de sus hijos."

"Por lo expuesto, conforme el criterio sostenido por esta Vocalía Unipersonal Nº 4 del Tribunal de Familia, corresponde hacer lugar a la presente pretensión y fijar cuota alimentaria definitiva a favor de los niños F. I. S. y M. G. S. en el TREINTA POR CIENTO (30%) de los haberes que percibe el Sr. M. F. S., por todo concepto, previas deducciones de ley, incluidos el sueldo anual complementario (SAC) y asignaciones familiares, en su carácter de empleado de la empresa 'Zacarías Pejinakis e hijos SRL' y/o de cualquier empleador que tuviera en el futuro."

"A su vez, a fin de garantizar la continuidad y efectividad del derecho alimentario de los niños, ... corresponde fijar con carácter subsidiario una cuota alimentaria equivalente al CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la Canasta de Crianza publicada por la DIPEC para la franja etaria correspondiente a la edad de F. I. S. y M. G., al momento de su efectivo pago. Esta cuota subsidiaria tiene por objeto asegurar un piso mínimo de protección y se activará únicamente en caso de que el alimentante, Sr. M. F. S., se encuentre sin empleo formal registrado."

(No existen votos en disidencia; la resolución es dictada por la Vocalía Unipersonal N°4 y la parte resolutiva final reproduce lo decidido.)

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.