ENFERMEDAD – ACCIDENTE DE TRABAJO: PEÑALOZA DAVID OSCAR C/ PROVINCIA ART S.A
El actor promovió demanda por prestaciones dinerarias derivadas de accidente de trabajo y declaró la inconstitucionalidad de la Resolución SSN 332/23 y de normas vinculadas al trámite ante comisiones médicas. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucional la Resolución 332/23 en el caso concreto y condenó a Provincia ART S.A. a pagar $36.049.697,38, fundamentando la liquidación conforme al DNU 669/19 y rechazando la aplicación de la sumatoria simple prevista en la Resolución 332/23.
¿Quién es el actor?
Sr. David Oscar Peñaloza, representado por Dr. Carlos Sebastián Espada y patrocinado por Dr. Nicolás Gualchi.
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prestaciones dinerarias por incapacidad derivada de accidente de trabajo (accidente 25/06/2020), y se peticionó declaratoria de inconstitucionalidad de diversas normas (entre ellas Resolución SSN 332/23 y preceptos de la LRT y ley 27.348).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda; se declaró en este caso concreto la inconstitucionalidad e inconvencionalidad de la Resolución 332/23 de la Superintendencia de Seguros de la Nación; se rechazó la excepción por falta de agotamiento de la vía administrativa; se condenó a Provincia ART S.A. a abonar al actor en un solo pago la suma de PESOS TREINTA Y SEIS MILLONES CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 38/100 ($ 36.049.697,38); se impusieron costas a la demandada y se regularon honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Lo analizado en los puntos 1) a 5) anteriores, en mi criterio, no deja duda alguna respecto de que la Resolución 332/23 de la Superintendencia de Seguros de la Nación desconoce el carácter de preferente tutela constitucional del que está investido el trabajador, colisiona con los principios de progresividad y pro homine, vulnera el principio de jerarquía de las leyes, violenta el derecho de propiedad del actor y contraría el propósito claro de la ley 27.348 y del propio DNU 669/19 de mantener lo mas incólume posible el valor del ingreso del trabajador para el cálculo de las prestaciones dinerarias."
"En consecuencia Provincia ART S.A. deberá abonar al actor las prestaciones dinerarias correspondientes al 28% de incapacidad que presenta el actor."
"En conclusión la accionada deberá abonar al actor la suma de PESOS TREINTA Y SEIS MILLONES CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 38/100 ($ 36.049.697,38)"
¿Cómo votaron los jueces?
No consta voto en disidencia en el dispositivo final; la resolución es dictada por el titular de la Vocalía Unipersonal Nº 12 (Dr. Oscar Nuttini).
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
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