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Cámara de Apelaciones

ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO:VARAS, DAVID ALEJANDRO C/ GALENO ART S.A

El actor promovió demanda por prestaciones dinerarias por enfermedad profesional (várices, hipoacusia inducida por ruido, lumbociatalgia y hernia de disco) contra GALENO ART S.A. El Tribunal del Trabajo declaró inconstitucionales los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 y hizo lugar a la demanda, condenando a la aseguradora al pago de $46.461.853,17 por incapacidad del 39,71%.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 7 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 7
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-218216/2023
Enfermedad profesional Ley 24.557 Inconstitucionalidad arts. 21-22-46 Comisiones medicas Incapacidad 39 71% Condena $46.461.853 17 Art Pericia medica Higiene y seguridad Ley 26.773. Observacion metodologica: la presente sintesis se cine al texto del dispositivo y a los considerandos reproducidos en la sentencia Preservando las citas textuales indicadas por el tribunal.

¿Quién es el actor?

David Alejandro Varas.

¿A quién se demanda?

GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Prestaciones dinerarias por enfermedad profesional (várices, hipoacusia inducida por ruido, lumbociatalgia y/o hernia de disco inoperable), indemnización tarifada y pago único compensatorio conforme ley 26.773.

¿Qué se resolvió?

Se declaró inconstitucionales, para el caso, los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557; se hizo lugar a la demanda y se condenó a GALENO ART S.A. a pagar $46.461.853,17; se impusieron costas y se regularon honorarios y peritos según lo consignado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Si bien, la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso "Castillo" se limitó a declarar la inconstitucionalidad del art. 46, inc. 1 de la ley 24.557, los fundamentos allí expuestos por nuestro más Alto Tribunal, constituyen pautas orientadoras para dilucidar la constitucionalidad de los arts. 21 y 22 de la ley citada. La doctrina de este precedente constituye un todo armónico que conlleva la descalificación constitucional de los arts. 21, 22, 46, inc. 1, y de las normas pertinentes del dec. 717/96 y demás normas reglamentarias y complementarias."

"No cabe duda que, las normas que regulan el procedimiento ante las comisiones médicas son incompatibles con el principio del debido proceso y con lo dispuesto por el art. 10 de la Declaración Universal de Derechos Humanos -norma de jerarquía constitucional (art. 75, inc. 22, C.N.)- por la cual 'toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones.'"

"Se desprende del informe pericial médico, que el perito médico realizó un análisis razonado, explicó las circunstancias fácticas y científicas que lo llevaron a establecer la incapacidad atribuida ... determinando una incapacidad laboral, parcial y permanente del 39,71% por ciento. Con la pericia en higiene y seguridad, se han acreditado los factores de riesgo a los que estuvo expuesto el actor, y que las tareas realizadas, le ocasionaron las enfermedades profesionales reclamadas..."

"Siendo que se ha comprobado que el Sr. ... presenta una incapacidad laboral, parcial, permanente y definitiva del 39,71 % corresponde hacer lugar a la demanda y condenar a la demandada a pagar al actor las prestaciones dinerarias previstas por el art. 14, apartado 2. inciso a) de la LRT (Ley 24.557 y sus modificatorias) y la compensación adicional de pago único del art. 3° de la ley 26.773."

"Puesto que la fecha de la primera manifestación invalidante es el 28/02/2023 ... el piso mínimo según Resolución SRT 15/2026 ... a la fecha es de $ 97.502.420 x 39,71%= $38.718.210,98 más el 20% de la indemnización adicional del art. 3 de la Ley 26773=$7.743.642,19 lo que totaliza ... $46.461.853,17, suma que se fija como monto de condena..."

(Votos en disidencia: no constan disidencias en el bloque resolutorio final; la decisión aparece como resuelta por la Vocalía Unipersonal Nº 7 y es la que manda.)

Leyes que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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