ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: ARENAS, OSCAR ALFREDO C/ PREVENCIÓN A.R.T. S.A
El actor demandó a la A.R.T. solicitando prestaciones dinerarias por enfermedades profesionales (lumbociatalgia/hernia lumbar, hipoacusia y lesiones en miembros inferiores). La Vocalía Nº 2 del Tribunal del Trabajo rechazó la demanda por inexistencia de incapacidad indemnizable y por preexistencias acreditadas, otorgando plena validez al dictamen pericial que descarta incapacidad laboral.
¿Quién es el actor?
Sr. Oscar Alfredo Arenas, representado por el Dr. Carlos Ariel Meyer.
¿A quién se demanda?
PREVENCIÓN A.R.T. S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de prestaciones dinerarias previstas en el régimen de riesgos del trabajo por lumbociatalgia y/o hernia de disco, espondiloartrosis lumbar, hipoacusia inducida por ruido y lesiones en miembros inferiores; reconocimiento de incapacidad parcial o total, permanente y definitiva.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda en todas sus partes; se declaró la inconstitucionalidad, en lo que aquí interesa, de los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 (en cuanto imponen la actuación previa y obligatoria ante Comisiones Médicas) y del art. 64 de la Ley 6368; se regularon honorarios y costas por el orden causado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripción de párrafos relevantes (texto original del decisorio):
1) Sobre la pericia y la ausencia de incapacidad:
"…Por todo lo expuesto en el ítem B): DICTAMINO que el actor Oscar Alfredo Arenas de 55 años de edad – DNI: 21.656.452 NO presenta Incapacidad Laboral a Nivel Lumbar ni a Nivel Auditivo…".
2) Valoración de la preexistencia y del dictamen pericial:
"En función de tales constataciones clínicas, estudios realizados y criterios normativos aplicables, el perito concluye que el actor no presenta incapacidad laboral a nivel lumbar ni auditivo, que justifique su ponderación a la luz de los antecedentes reseñados."
3) Conclusión y rechazo de la demanda:
"En tales condiciones, y frente a la ausencia de prueba idónea que permita tener por configurada una enfermedad profesional indemnizable, ni su consecuente menoscabo funcional de carácter permanente, resulta jurídicamente improcedente trasladar a la aseguradora la responsabilidad patrimonial pretendida. Por lo tanto, se impone el rechazo de la pretensión esgrimida por la parte actora."
Citas textuales importantes:
"las conclusiones de la pericia médica indican que el actor no porta incapacidad ponderable vinculada a las dolencias denunciadas."
"Del examen integral de las constancias obrantes en autos no surge acreditado, con el grado de certeza requerido para este tipo de procesos, que el actor sufra los padecimientos que invoca y que éstos guarden nexo causal directo e inmediato con el siniestro que denuncia."
"Se impone el rechazo de la pretensión esgrimida por la parte actora."
¿Cómo votaron los jueces?
No se consignan votos en disidencia en el texto; el bloque resolutorio expresa la decisión adoptada por la Vocalía.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.