DESPIDO: ZEBALLO, RUBEN ALBERTO C/ EL PIAVE S.A
Se regulan honorarios del letrado por la etapa de ejecución en causa por despido. El Tribunal del Trabajo fijó los honorarios en $606.898 más IVA, aplicando el 7% previsto en el art. 34 de la ley arancelaria sobre el monto ejecutado y los intereses calculados.
¿Quién es el actor?
Zeballo, Rubén Alberto (actor en la causa principal por despido).
¿A quién se demanda?
El Piave S.A. (demandado en la causa principal).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Litigio principal por despido; en este incidente se regula los honorarios del Dr. José Antonio González por la labor desarrollada en la etapa de ejecución.
¿Qué se resolvió?
Se regularon los honorarios del Dr. José Antonio González en la suma de pesos seiscientos seis mil ochocientos noventa y ocho ($606.898), más IVA si correspondiere; se ordenó notificar por cédula y protocolizar.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El profesional realizó los actos procesales tendientes al efectivo cobro del capital y sus honorarios, hasta obtener el pago de fondos según consta en autos.
Así, corresponde regular sus emolumentos conforme a la ley 6.368 (arts. 01, 15, 16, 17, 23, 24, 31, 34 y ccs.) y se fijan en la suma de pesos seiscientos seis mil ochocientos noventa y ocho ($606.898), más el impuesto al valor agregado (IVA) si correspondiere. La regulación responde al 7% previsto en el art. 34 de la ley arancelaria, ajustado a las etapas de ejecución efectivamente cumplidas (su totalidad) el monto ejecutado ($7.722.302,30) -capital y honorarios, con más el interés a tasa activa cartera general (prestamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina desde el 10 de diciembre del 2025 (fecha de la planilla de liquidación ejecutada) hasta el día de hoy ($947.670,64).
En caso de mora en el pago de la suma indicada se liquidarán intereses con la tasa activa cartera general (prestamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina."
Texto del dispositivo (parte resolutiva final, literal):
"RESUELVE:
I.- Regular los honorarios del Dr. José Antonio González en la suma de suma de pesos seiscientos seis mil ochocientos noventa y ocho ($606.898), más IVA si correspondiere.
II.- Notificar por cédula, protocolizar, etc."
(No constan votos en disidencia.)
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