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Cámara de Apelaciones

ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: LUCAS, RUBEN EMILIO C/ GALENO ART S.A

El actor promovió demanda por enfermedad profesional y prestaciones dinerarias previstas en la Ley 24.557 y su normativa complementaria. La Vocalía Unipersonal Nº 7 del Tribunal del Trabajo hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad de los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 para el caso y condenó a GALENO ART S.A. a pagar $6.084.151,00.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 7 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 7
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-179312/2021
Honorarios Enfermedad profesional Prestaciones dinerarias Ripte Galeno art s.a. 20% 00 Incapacidad 5 Ley 24.557 lrt Ley 26.773 (compensacion adicional) Inconstitucionalidad arts. 21-22-46 Tribunal del trabajo (jujuy). Observacion: la sentencia fija fecha de primera manifestacion invalidante (pmi) el 26/05/2021 Determina incapacidad permanente parcial definitiva 5 20% y calcula la condena total en $6.084.151 Ademas declara la inconstitucionalidad de las normas procesales de la lrt para el caso Permitiendo el acceso directo a la justicia laboral.

¿Quién es el actor?

Sr. Rubén Emilio Lucas, representado por el Dr. Martín Daniel Hernández.

¿A quién se demanda?

GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A., representada por el Dr. Nicolás Daniel Arias Cau.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Prestaciones dinerarias por incapacidad laboral por enfermedad profesional (art. 14 LRT), aplicación de Ley 26.773 (compensación adicional), actualización por RIPTE y otras medidas (recalificación profesional, prestaciones en especie), y declaración de inconstitucionalidad de normas de la LRT y reglamentaciones.

¿Qué se resolvió?

Se declaró la inconstitucionalidad para el caso de los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 (extensible a normas reglamentarias en materia de competencia); se hizo lugar a la demanda y se condenó a la ART a abonar $6.084.151,00; se impusieron costas a la demandada; se regularon honorarios de abogados y peritos (monto y condicionamiento a intereses en mora).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"RESUELVE:

I. Declarar la inconstitucionalidad para el caso de los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557, tacha que se hace extensiva a las normas que resulten reglamentarias de estos en materia de competencia.

II. Hacer lugar a la demanda interpuesta por el Sr. Rubén Emilio Lucas, en contra de GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A y condenarla a abonar la suma de PESOS SEIS MILONES OCHENTA Y CUATRO MIIL CIENTO CINCUENTA Y UNO, con 00/100 cvos. ($6.084.151,00), por las razones dadas en los considerandos."

y en considerandos:

"Por lo expresado, se declara la inconstitucionalidad de los arts. 21 y 22 LRT, que menoscaban el derecho del trabajador de recurrir a los Tribunales locales en pos de salvaguardar sus derechos a la luz de los reclamos por accidentes de trabajo. Ello confirma la competencia del Tribunal del Trabajo para entender la presente causa."

y en relación al monto de condena:

"Teniendo en cuenta que la fecha de la PMI es el 26/05/2021 y que la incapacidad determinada es del 5,20% y que el piso mínimo según Resolución SRT 15/2026 (RESOL-2026-15-APN-SRT#MCH)a la fecha es de $ 97.502.420 x 5,20%= $5.070.125,84 más el 20% de la indemnización adicional del art. 3 de la Ley 26773=$1.014.025,16 lo que totaliza la suma de PESOS SEIS MILONES OCHENTA Y CUATRO MIIL CIENTO CINCUENTA Y UNO con 00/100 cvos. ($6.084.151,00),suma que se fija como monto de condena, calculada en el día de la fecha, la que hasta su efectivo pago devengará intereses según tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina (L.A. Nº 54, Nº 2359)."

¿Cómo votaron los jueces?

No constan votos en disidencia en el texto aportado; la resolución es dictada por la Vocalía Unipersonal Nº 7 (decisión unipersonal).

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