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Cámara de Apelaciones

ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: YAICUARE, HECTOR FERNANDO C/ GALENO ART S.A

El actor promovió demanda por prestaciones dinerarias e indemnización por enfermedad profesional y recalificación laboral contra GALENO ART S.A. La Vocalía Unipersonal Nº7 del Trabajo hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucionales arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557, fijó incapacidad del 32% y condenó a la ART al pago de $37.440.929,28.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 7 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 7
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-176514/2021
Riesgos del trabajo Honorarios y costas 22 Inconstitucionalidad arts. 21 46 lrt Ripte / actualizacion Danos punitivos (rechazo) Indemnizacion lrt (art.14) Pericia medica y de higiene y seguridad Incapacidad laboral 32% Ley 26.773 (compensacion adicional art.3) Primera manifestacion invalidante 14/04/2021

¿Quién es el actor?

Sr. Héctor Fernando Yaicuare.

¿A quién se demanda?

GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago de prestaciones dinerarias previstas en art. 14 (inc. 1 y 2) de la Ley 24.557, actualización por RIPTE y tasa activa BNA, prestaciones en especie (médicas, farmacéuticas, prótesis), recalificación profesional conforme Resolución 216 SRT; además declaración de inconstitucionalidad de normas de la LRT y aplicación de Ley 26.773 (art. 3) —y, subsidiariamente, daños punitivos y aplicación de otras normas.

¿Qué se resolvió?

Se declaró la inconstitucionalidad para el caso de los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557; se hizo lugar a la demanda condenando a GALENO ART S.A. a abonar $37.440.929,28; se impusieron las costas a la demandada; se regularon honorarios profesionales y periciales conforme el dispositivo. Se determinó incapacidad laboral parcial, permanente y definitiva del 32% con fecha de primera manifestación invalidante 14/04/2021; se rechazó el pedido de daños punitivos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) Sobre la inconstitucionalidad de las comisiones médicas y normas de procedimiento:

"La doctrina de este precedente constituye un todo armónico que conlleva la descalificación constitucional de los arts. 21, 22, 46, inc. 1, y de las normas pertinentes del dec. 717/96 y demás normas reglamentarias y complementarias... No cabe duda que, las normas que regulan el procedimiento ante las comisiones médicas son incompatibles con el principio del debido proceso y con lo dispuesto por el art. 10 de la Declaración Universal de Derechos Humanos... Por lo expresado cabe declarar la inconstitucionalidad del art. 1º de la LRT... En virtud de lo expuesto, se declara la inconstitucionalidad de los arts. 21 y 22 LRT..."

2) Sobre la valoración de la prueba pericial y la acreditación del nexo causal e incapacidad:

"Se desprende del informe pericial médico, que el perito médico realizó un análisis razonado, explicó las circunstancias fácticas y científicas que lo llevaron a establecer la incapacidad atribuida... el perito médico determinando una incapacidad laboral, parcial y permanente del 32 % por ciento. Con la pericia en higiene y seguridad, se han acreditado los factores de riesgo a los que estuvo expuesto el actor, y que las tareas realizadas, le ocasionaron las enfermedades profesionales reclamadas... Acreditada la incapacidad del Sr. Héctor Fernando Yaicuare, sobre la base de lo dictaminado por el especialista la causalidad se presume."

3) Sobre el monto de la condena y su cálculo:

"Teniendo en cuenta que la fecha de la PMI es el 14/04/2021 y que la incapacidad determinada es del 32% y que el piso mínimo según Resolución SRT 15/2026 ... a la fecha es de $ 97.502.420 x 32%= $ 31.200.774,40 más el 20% de la indemnización adicional del art. 3 de la Ley 26773=$6.240.154,88 lo que totaliza la suma de PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES CUATROSCIENTOS CUARENTA MIL NOVECIENTOS VEINTINUEVE con 28/100 cvos. ($37.440.929,28), suma que se fija como monto de condena..."

4) Sobre los daños punitivos:

"De los antecedentes de autos, no puede sostenerse que la conducta de la ART demandada configure un actuar doloso o malicioso, por lo que el pedido de daño punitivo no va a prosperar."

¿Cómo votaron los jueces?

resolución unipersonal (Vocalía Unipersonal Nº7); no se registran votos en disidencia.

Leyes que cita

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