ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: AGUIRRE, GUSTAVO DAMIAN C/ PREVENCIÓN ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A
El actor demandó a la aseguradora ART por prestaciones dinerarias y en especie por accidente de trabajo ocurrido el 15/08/2022. El Tribunal del Trabajo rechazó la demanda por inexistencia de secuelas incapacitantes acreditadas y confirmó la falta de incapacidad según las pericias médica y psiquiátrica.
¿Quién es el actor?
Sr. Gustavo Damián Aguirre, representado por el Dr. Benjamín Eduardo Magliano.
¿A quién se demanda?
PREVENCIÓN ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A., apoderado Dr. Matías Issolio.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Otorgamiento de prestaciones dinerarias y en especie previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo por secuelas incapacitantes derivadas de accidente laboral del 15/08/2022, intereses, costas y accesorios.
¿Qué se resolvió?
Rechazar la demanda por no acreditarse secuelas incapacitantes derivadas del siniestro; declarar inconstitucionalidad, para el caso, de arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 (en lo relativo a la actuación previa y obligatoria ante las Comisiones Médicas y la competencia recursiva federal) y del art. 64 de la Ley 6.368; regular honorarios y costas por el orden causado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Obra en la causa la pericia médica realizada por el Dr. Eduardo Miguel Paz, perito médico laboral designado de oficio, quien aceptó el cargo, prestó juramento de ley y desarrolló su labor con apoyo en la anamnesis del actor, la documentación médica incorporada al expediente y el examen clínico directo del trabajador... En cuanto al estado actual del actor, el perito informa que éste refiere cefaleas y episodios de hipomnesia. Sin embargo, del examen clínico neurológico y físico practicado no surgen hallazgos objetivos compatibles con secuelas incapacitantes derivadas del siniestro denunciado. Asimismo, concluye expresamente que el actor no presenta incapacidad laboral derivada del accidente objeto de autos, no determinándose secuela incapacitante alguna relacionada con el hecho denunciado."
"A su vez, a raíz de la observación formulada por la parte actora, se produjo pericia psiquiátrica y psicológica a cargo de profesionales del Departamento Médico del Poder Judicial, quienes concluyeron que el Sr. Gustavo Damián Aguirre no presenta patología psíquica derivada del hecho denunciado y que no requiere tratamiento psiquiátrico ni psicológico."
"Por lo expuesto, no existen elementos probatorios que justifiquen apartarse de las conclusiones de las pericias médica y psiquiátrica producidas en autos, correspondiendo tener por acreditado que el actor no presenta incapacidad laboral parcial permanente y definitiva derivada del accidente de trabajo denunciado en la presente causa... En consecuencia, ante la ausencia de secuelas incapacitantes acreditadas, no se configuran los presupuestos fácticos necesarios para la procedencia de las prestaciones reclamadas en autos."
¿Cómo votaron los jueces?
No se consignan votos en disidencia en el texto suministrado; el bloque resolutorio final es el que manda.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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