ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: SANTILLAN, MANUEL ALEJANDRO c/ LATITUD SUR S.A
El actor promovió demanda por enfermedad/accidente de trabajo reclamando prestaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo. La Vocalía Unipersonal Nº 1 del Tribunal del Trabajo hizo lugar a la demanda y condenó a LATITUD SUR S.A. al pago de $9.360.232,32 por indemnización, valorando y adoptando el informe pericial que fijó una incapacidad laboral permanente parcial del 8%.
¿Quién es el actor?
Sr. MANUEL ALFREDO SANTILLAN, representado por el Dr. Benjamín MAGLIANO.
¿A quién se demanda?
LATITUD SUR S.A. (representada por el Dr. Ernesto Benjamín GONZALEZ DE PRADA / Compañía Argentina de Seguros Latitud Sur S.A.).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por enfermedad/accidente de trabajo (prestaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo) por lesión lumbar/hernia de disco derivada de un incidente laboral del 06/11/2024.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se condenó a la demandada al pago en un solo pago de PESOS NUEVE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS con 32/100 ($9.360.232,32). Se regularon honorarios y se impusieron las costas a la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El galeno manifiesta que; luego de examinar al actor y analizar los estudios complementarios acompañados, el perito médico informó que éste presenta limitación funcional de la columna lumbosacra, constatando contractura muscular paravertebral, alteración postural antiálgica, disminución de la fuerza del hallux izquierdo, signos de Lasègue y Wassermann positivos y disminución de los reflejos osteotendinosos homolaterales. Asimismo, tuvo en consideración los estudios complementarios obrantes en autos, concluyendo que el actor presenta una hernia discal a nivel L5-S1 generadora de un cuadro de lumbalgia postraumática.
Con fundamento en dichos hallazgos, el experto asignó una incapacidad del siete por ciento (7%) de la total obrera por la afección lumbar, la que consideró vinculada causalmente con el accidente de trabajo denunciado. Finalmente, señaló que desde el punto de vista auditivo, visual y psicológico no correspondía reconocer incapacidad alguna.
En función de ello, concluyó que el actor presenta una incapacidad laboral permanente, parcial y definitiva del ocho por ciento (8%) de la total obrera, comprensiva de los factores de ponderación aplicables.
En función del análisis del informe pericial médico elaborado en la causa, el cual se encuentra debidamente fundamentado tanto en términos técnicos como científicos, corresponde señalar que no se advierten razones suficientes que justifiquen su apartamiento.
Por todo ello, voy a tener por comprobado que el accidente sufrido por el Sr. Manuel Alfredo SANTILLAN en fecha 06 de noviembre de 2024 le ha generado una incapacidad laboral permanente, parcial y definitiva del 8%, incluido los factores de ponderación."
"Consecuentemente, el monto indemnizatorio que debe percibir el Sr. Manuel Alfredo SANTILLAN por su incapacidad derivada por accidente laboral asciende a la fecha de la presente en concepto de capital e intereses a la suma de PESOS NUEVE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS con 32/100 ($9.360.232,32), el que deberá ser abonado en un solo pago..."
(Dispositivo final transcripto textualmente:)
"I.- Hacer lugar a la demanda promovida por el Sr. MANUEL ALFREDO SANTILLAN en contra de la razón social LATITUD SUR SA, a quién se condena a abonar la suma de PESOS NUEVE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS con 32/100($9.360.232,32),en concepto de indemnización por accidente laboral."
¿Cómo votaron los jueces?
No se consignan votos en disidencia en el texto reproducido; la resolución es dictada por la Vocalía Unipersonal Nº 1 (Juez Arrieta, María Silvina).
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.