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Cámara de Apelaciones

ENFERMEDAD – ACCIDENTE DE TRABAJO: SANCHEZ FRANCO EMANUEL C/ ASOCIART ART S.A

El actor promovió demanda por accidente de trabajo solicitando prestaciones dinerarias por incapacidad derivados del siniestro del 11/06/2024. El Tribunal hizo lugar a la demanda contra Asociart ART S.A., condenándola al pago de $4.859.150,19 por incapacidad del 4%, con costas y regulación de honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala IV-Vocalía 12 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala IV-Vocalía 12
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
D-53661/2024
Costas Honorarios Accidente de trabajo 19 Actualizacion ripte Vmib Dnu 669/19 Ley 24.557 Incapacidad 4% Resolucion ssn 332/23 Obligacion de la art Observaciones breves: se consignan fechas y montos relevantes: siniestro 11/06/2024 Sentencia de fecha 08/06/2026 Condena $4.859.150 Honorarios regulados: $990.060 00 (dr. albornoz) $639.042 00 (dr. zamar) $544.533 00 (dr. paz).

¿Quién es el actor?

Sr. Franco Emanuel Sánchez, representado por el Dr. Lucas Alejandro Albornoz.

¿A quién se demanda?

Asociart ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reconocimiento y pago de prestaciones dinerarias por incapacidad derivada de accidente de trabajo ocurrido el 11/06/2024 (fractura del dedo meñique derecho y secuela definitiva), en los términos de la Ley 24.557 y sus complementarias.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda; Asociart ART S.A. fue condenada a pagar al actor en un único pago la suma de PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CIENTO CINCUENTA CON 19/100 ($ 4.859.150,19). Se impusieron las costas a la aseguradora y se regularon honorarios profesionales. Se declararon abstractos o rechazados diversos planteos de inconstitucionalidad y se rechazó la excepción de falta de legitimación pasiva.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) Sobre la operatividad de la instancia administrativa previa y consecuencia en la inconstitucionalidad:

"Consecuentemente y conforme lo expresado la inconstitucionalidad deducida respecto del paso previo y obligatorio por comisiones médicas deviene abstracto toda vez que al momento de interposición de la demanda de autos el sistema de la ley 27.348 y ley provincial 6056 no se hallaba operativo."

2) Sobre la valoración pericial y conclusión de incapacidad:

"Mediante ED 1.958.774 el Dr. Eduardo Miguel Paz expresó que la patología traumática del meñique derecho de actor resulta consecuencia del accidente laboral sufrido. Agrega, asimismo, que la lesión se encuentra consolidada lo que implica que no requiere tratamiento médico, quirúrgico ni rehabilitador alguno por cuanto se trata de una lesión secuelar definitiva. Concluye que el actor presenta una incapacidad del 4%, incluyendo factores de ponderación, sin sintomatología de daño psíquico, lo que le causó limitaciones propias de la lesión definitiva de su dedo meñique. Este dictamen no ha merecido observaciones ni impugnaciones de ninguna de las partes por lo que ante ello y por aplicación de la sana crítica racional, propicio su aceptación."

3) Sobre el método de actualización del VMIB y aplicación jurisprudencial:

"En conclusión la accionada deberá abonar al actor la suma de PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CIENTO CINCUENTA CON 19/100 ($ 4.859.150,19). ... No comparto en absoluto lo que dispone la resolución 332/23 ... No obstante y como en este caso la aplicación del precedente Revollo-Wilhelmi da un resultado mayor al mínimo del Decreto 1694/09, se aplicará la mecánica del precedente Revollo."

4) Bloque dispositivo final (resolutivo extractado textualmente):

"I.- Declarar abstractos los planteos de inconstitucionalidad de los Artículos 8, 21, 22 y 46 de la LRT y rechazar los efectuados respecto de los Arts. 9, 12.1, 14, 19 y 49 disposición final segunda inciso 3 por las razones que en cada caso se expresaron en los considerandos. II.- Rechazar la defensa de falta de legitimación pasiva... III.- Hacer lugar a la demanda promovida por el Sr. Franco Emanuel Sánchez... condenar a esta última a abonar al actor... $ 4.859.150,19. IV.- Imponer las costas a Asociart ART S.A. y regular los siguientes honorarios... V.- Ordenar que el capital de condena, así como los honorarios profesionales sean abonados mediante depósito judicial... VI.- Intimar al Sr. Franco Emanuel Sánchez a denunciar... VII.- Intimar a Asociart ART S.A. a reponer Tasa de Justicia..."

(Votos en disidencia: no se advierte voto en disidencia; la parte dispositiva final es la que fija la solución de la mayoría.)

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