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Cámara de Apelaciones

Despido: Soto, Martín Nahuel c/ Silvetti, Ivana Gisela y Tinte, Osvaldo Cristian

El actor promovió demanda por despido contra Silvetti, Ivana Gisela y Tinte, Osvaldo Cristian, con medida cautelar agregada por aseguramiento de bienes. La Cámara/Tribunal homologó el convenio transaccional ratificado por las partes, dispuso la liquidación del crédito fiscal y ordenó notificar y protocolizar la resolución.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala II-Vocalía 5 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala II-Vocalía 5
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-277337/2025
Costas Honorarios Despido Homologacion de convenio Notificacion por cedula Ratificacion personal L.c.t. Aseguramiento de bienes Liquidacion credito fiscal Expediente c-277.337/25

¿Quién es el actor?

Soto, Martín Nahuel.

¿A quién se demanda?

Silvetti, Ivana Gisela y Tinte, Osvaldo Cristian.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción por despido; agregado expediente por cautelar de aseguramiento de bienes.

¿Qué se resolvió?

Homologación del convenio celebrado entre las partes e incorporado al SIGJ el 12/06/2026; disposición de la liquidación del crédito fiscal; notificación por cédula, agregación de copia en autos y protocolización.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, durante el trámite del proceso el Dr. Fernando Daniel Colqui letrado representante del actor y el Dr. Guillermo Bulacios letrado representante de los demandados dan cuenta de acuerdo transaccional (escrito 2.316.650) en la causa el que, a más de refrendado por las partes y letrados, ha sido ratificado en forma personal por el actor ante el Actuario (12/06/2026, SIGJ).

Que el mismo “representa una justa composición de los derechos e intereses de las partes” (art. 15 de la L.C.T.) por lo que al respecto la homologación deviene ajustada a derecho.

Que, si bien se ha previsto respecto de los honorarios de los letrados (extrajudicial) y las costas (a cargo de los demandados).

Por lo expuesto y art. 19 CPC;

¿Qué se resolvió?

I.- Homologar en cuanto por derecho hubiere lugar convenio celebrado por las partes e incorporado al SIGJ día 12/06/2026.

II.- Disponer la liquidación del crédito fiscal.

III.- Notificar por cédula, agregar copia en autos, protocolizar."

¿Cómo votaron los jueces?

No consta disidencia; firma única del juez Herrera, Hugo Cesar Moises y del prosecretario Moyano, Walter Reyes.

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