JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

Despido: Gonzalez, Omar Rolando c/ Albornoz, Juan Marcelo – Caro, María Luisa – Albornoz, Ariel Alejandro

El actor promovió demanda por despido y múltiples rubros indemnizatorios contra su empleadora y dos codemandados. El Tribunal del Trabajo hizo lugar parcialmente a la demanda contra María Luisa Caro —condenando a reconocer rubros indemnizatorios y a extender certificación de servicios— y rechazó la demanda respecto de los codemandados y por varios rubros reclamados.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala II-Vocalía 5 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala II-Vocalía 5
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-184123/2021
Indemnizacion laboral Antiguedad Despido directo sin causa Costas a la demandada Horas extras (no probadas) Preaviso y sustitutiva Sac (aguinaldo) integracion y proporcional Vacaciones no gozadas y sac sobre vacaciones Dnu 34/2019 / tope dnu 39/2019 Certificacion de servicios / sancion conminatoria Observacion: el fallo difiere el calculo final del monto de condena al peritaje contable (cpn dario andres mendoza) y posterga regulacion de honorarios hasta la determinacion de ese monto.

¿Quién es el actor?

Omar Rolando Gonzalez, representado por el Dr. Guillermo Daniel Hernandez.

¿A quién se demanda?

Principalmente María Luisa Caro; además Juan Marcelo Albornoz y Ariel Alejandro Albornoz fueron demandados.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Despido directo; rubros indemnizatorios por antigüedad, sustitutiva preaviso, SAC preaviso, días trabajados del mes, integración mes de despido, SAC integración mes de despido, SAC proporcional, vacaciones no gozadas, SAC vacaciones no gozadas, aplicación DNU 34/2019 (con tope según DNU 39/2019), rubros por Ley 25.323 arts. 1 y 2, art. 45 Ley 25.345 (art. 80 LCT), arts. 8,10 y 15 Ley 24.013 y horas extras, adicionales CCT 478/06, diferencias salariales; además certificación de servicios.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda contra María Luisa Caro por los rubros indicados y se difirió la determinación del monto de condena al perito contador designado; se la condenó a extender certificación de servicios en 30 días con sanción conminatoria en caso de incumplimiento; se rechazaron parcialmente los reclamos por determinadas leyes y horas extras; se rechazó íntegramente la demanda contra Juan Marcelo Albornoz y Ariel Alejandro Albornoz; se impusieron costas a la demandada y se difirió la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En tanto no existe controversia, cabe dejar por sentada la existencia del contrato de trabajo entre las partes (Sr. Gonzalez y Sra. Caro) desde 01/03/1997 (recibos de haberes fs. 30/59) ... Pero existe controversia entre las mismas respecto de la fecha del cese de la relación, sin perjuicio de admitirse que no se encuentra controvertido que se trata en el caso de despido directo dispuesto por el empleador en los términos del art. 242. Pero sí es materia de litis si la causa es justa o no."

"Es claro que el trabajador no se ha presentado en el nuevo horario indicado y durante el lapso temporal mediado entre la recepción de la intimación y el despido ha seguido concurriendo en horario vespertino (sin asignación de tareas). Pero, el carácter genérico de la “falta de personal” invocada por la empleadora, por una parte (que además no fue acreditado en la causa), y por otra, la admisión en el lugar de trabajo del actor en el horario habitual (cuando la misma empleadora reconoce que ya había otro personal para la tarea), de allí que se entiende que no es que faltaba personal sino que había previsión de otro para cumplir las tareas en el horario habitual del actor, tornan infundadas las razones del cambio de horario e incumplidas las previsiones que el art. 66 LCT prevé en el caso; ... Entonces, en tanto no fundada la mutación del horario de trabajo y de allí no configurado despido directo con justa causa, es que se colige en la extinción de la relación laboral por despido directo sin causa, esto con data del 15/06/2021 la cual se había iniciado el 01/03/1997."

"Se admiten rubros: antigüedad, sustitutiva preaviso, SAC preaviso, días trabajados del mes, integración mes de despido, SAC integración mes de despido, SAC proporcional, vacaciones no gozadas, SAC vacaciones no gozadas, DNU 34/2019 y prórrogas (tope según DNU 39/2019).

Se rechazan rubros Ley 25.323, arts. 1 y 2 (derogada Ley 27.742); art. 45 Ley 25.345 (art. 80 LCT) (derogado Ley 27.802); art. 8, 10 y 15 Ley 24.013 (derogados Ley 27.742), horas extras (no probadas)."

"Que, sobre la base de lo expuesto y establecidos los rubros que se admiten se colige entonces que no se puede ahora determinar monto de condena y en orden a ello deberá realizar el mismo el perito contador actuante en autos CPN Darío Andrés Mendoza en el plazo de diez días de firme y consentida la presente, actualización con cómputo intereses según art. 55 Ley 27.082. Cumplido, se dictará monto de condena."

(No hubo votos en disidencia consignados en el texto proporcionado).

Leyes que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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